Sunafil sancionaría con hasta S/. 190,000 a empresas que no paguen gratificación

En el caso de las micro y pequeñas empresas, las multas oscilarían entre S/. 3,800 y S/. 38,000. La entidad fiscalizadora inició una campaña de orientación preventiva en diversas empresas.

Las empresas que no cumplan con el pago de gratificación por Fiestas Patrias, podrían ser sancionadas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) con multas desde 3 UIT o S/. 11,400 hasta 50 UIT o S/. 190,000.

En el caso de pequeñas empresas, la multa oscilaría desde 1 UIT o S/. 3,800 hasta 10 UIT o S/.38,000.

La Sunafil inició una campaña de orientación preventiva, “Gratificaciones por Fiestas Patrias 2014”, con la finalidad de informar sobre el pago de este beneficio social obligatorio y establecido por ley para todos los trabajadores del régimen privado.

Esta campaña, que se extenderá hasta el lunes 14 de julio, está siendo desarrollada por un equipo de especialistas en materia laboral, quienes asesorarán aproximadamente a cien empresas, pequeñas empresas y no mypes, que han sido informadas previamente de las tareas que realizará la Superintendencia en sus visitas orientadoras.

La campaña indicará, por ejemplo, que para el cálculo de las gratificaciones se consideran los periodos de enero a junio y de julio a diciembre de cada año.

Si el trabajador contase con menos de 6 meses, percibirá la gratificación de forma proporcional al tiempo laborado. Lo computable para el cálculo de estas es el sueldo íntegro que recibe el trabajador, no estando sujetas a descuentos, excepto aquellos establecidos por ley.

El dato
“Gratificaciones por Fiestas Patrias 2014” recorrerá empresas ubicadas en Miraflores, San Isidro, San Borja, Magdalena, El Agustino, Pueblo Libre, Ate, Pachacámac, Chorrillos, entre otros distritos, como parte de esta iniciativa, que además viene ejecutándose con el objetivo de evaluar y afinar la metodología para asistir a los empresarios.

Las gratificaciones son remuneraciones adicionales otorgadas a los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada que deberán ser abonadas por Fiestas Patrias y Navidad hasta el 15 de julio y 15 de diciembre respectivamente.

ÚLTIMA HORA ver todas

BLOGS ver todos

Revolución digitalPablo Bermudez

Bye bye Dubai... ¡Bienvenido NEOM! (1 de 3)

Herejías EconómicasGermán Alarco

Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PED...

El Vino de la Semana

Pisco, amor por el Perú

Te lo cuento fácilAlumnos de la Universidad del Pacífico

Guerra en Ucrania: un breve análisis del fac...

Economía para todosCarlos Parodi

Estados Unidos y China

WALL STREET VER TODOS

Será noticia

JOSÉ ANTONIO MONTENEGRO