Lima (Andina).- El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) actualizó los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de manzana frutos frescos (Malus spp) de origen y procedencia Chile.
De acuerdo a una resolución directoral del Senasa publicada hoy, para la importación de manzana, los envíos contarán con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por la autoridad sanitaria, obtenido por el importador o interesado, previa a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia.
El envío ingresará al país acompañado de un Certificado Fitosanitario oficial del país de origen, que consigne una declaración adicional y que precise que se cumple con las especificaciones del Plan de Trabajo para la Exportación de frutos frescos para consumo de Manzana (Malus spp), establecidas entre el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de Chile y el Senasa.
En la mencionada declaración también se debe señalar que el producto se encuentra libre de Grapholita molesta, Proeulia auraria, Proeulia chrysopteris y Brevipalpus chilensis.
El producto debe venir en cajas nuevas, con tapa, limpias y de primer uso. El peso neto de cada caja no excederá los 20 kilos y si las cajas son de madera, deberán ser cepilladas; libres de nudos, perforaciones y manchas, y libres de insectos.
Los envíos estarán libres de hojas, suelo u otro contaminante en las cajas de exportación o en los contenedores que transporten las frutas hacia el Perú.
Asimismo, deben de ser acondicionados en pallets (bandeja de carga) y transportados en contenedores o camiones refrigerados, los mismos que deben ser precintados por el SAG. El número de los precintos debe ser declarados en el Certificado Fitosanitario.
Los envases deberán cumplir lo establecido sobre etiquetado, y los contenedores deben ser de uso exclusivo para transportar envíos inspeccionados y aprobados para exportar a Perú.
En caso de transporte aéreo, los pallets deberán estar protegidos y debidamente empacados permitiendo la colocación segura con cinta oficial del SAG.
La madera de los embalajes y los pallets deberán estar libre de corteza y cumplir con las regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalaje de madera.