Para abrir una casa de cambio solo es necesario la licencia de funcionamiento, y en algunos casos ni eso, debido a los cambistas que circulan por las calles, así lo comentó Sergio Espinosa, jefe de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), entidad adscrita a la SBS.
“Las casas de cambio y las empresas de préstamos o empeño no están supervisadas por la SBS ni por la Ley del BCR, como si se tuvo en los años 80, por ejemplo”, sostuvo.
Sergio Espinosa dijo que, hay que tener en cuenta que cuando se abre un establecimiento no hay requisitos como sí lo requiere una agencia bancaria, en la que se pide tener una inspección de seguridad del Ministerio del Interior, que tengan ciertas condiciones de bóveda, etc.
¿Lavado de activos?
Pero lo más importante en las casas de cambio, sostiene el representante de la UIF, es que no hay una verificación del origen del dinero.
“Por ejemplo, el dinero que se produce en el VRAE puede estar trasladándose a las casas de cambio y no hay ningún mecanismo y ninguna herramienta legal que permita decirles a los operadores de cambio que demuestren cuál es el origen del dinero”, expresó.
Sergio Espinosa detalló que la propuesta es que se exija un proceso de licenciamiento, de verificación del origen de los fondos y, por otro lado, también sobre las personas que constituyen las casas de cambio.
“Que las personas que constituyan no tengan antecedentes, por ejemplo, de condena por narcotráfico o por delitos graves”, remarcó.
La SBS dijo que este es un proyecto que está en su etapa final y va a ser presentado en los próximos días.