Se abaratarán y facilitarán las licencias de funcionamiento para negocios

El Poder Ejecutivo establecerá claramente que ninguna licencia de funcionamiento municipal tendrá un costo mayor que el valor de una Unidad Impositiva Tributaria.

La nueva norma del Poder Ejecutivo tiene como objetivo propiciar un esquema de formalización de pequeños negocios y facilitar la apertura de nuevos negocios en zonas con demanda.
La nueva norma del Poder Ejecutivo tiene como objetivo propiciar un esquema de formalización de pequeños negocios y facilitar la apertura de nuevos negocios en zonas con demanda.

“Poner el Estado al servicio del ciudadano” es una de las frases que el Gobierno de Pedro Pablo Kuczynski busca imponer y poco a poco lo está haciendo.

Con las facultades legislativas que otorgó el Congreso al Ejecutivo se han aprobado normas como la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas, el fraccionamiento de deudas tributarias o medidas de simplificación administrativa, por citar algunos ejemplos.

Gestión pudo conocer los detalles de la nueva Ley Marco de Licencias de Funcionamiento, que el Ejecutivo tiene previsto publicar hoy.

El principal objetivo de la norma es propiciar la formalización y apertura de pequeños negocios, que muchas veces se ven trabados por la enorme cantidad de trámites y procesos vinculados a la licencia de funcionamiento.

¿Cuáles son las principales novedades? La primera es que ninguna licencia de funcionamiento costará más de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), lo cual quedará debidamente señalado.

Además, las municipalidades ya no exigirán una nueva licencia de funcionamiento a los negocios que quieran desarrollar un giro afín al que dice en su licencia inicial. Por ejemplo, si una tienda que vende quesos quiere vender pan y luego habilitar una cafetería, pues ya no necesitará tener una licencia para cada rubro.

La norma encargará al Ministerio de la Producción definir qué se puede considerar como giro afín para cada negocio. Eso deberá ser aprobado mediante decreto supremo en un plazo de 60 días.

Asimismo, no se pedirá una nueva licencia cuando un negocio quiera realizar una actividad complementaria, como contar con un cajero automático o cajero corresponsal de una entidad financiera.

Otro cambio es que las licencias de funcionamiento quedarán sujetas al Decreto Legislativo N° 1246, para evitar que se exijan copias legalizadas en los trámites vinculados a estas licencias, y se hagan con declaraciones juradas simples.

Además, ante ausencia del titular de un negocio, su representante legal podrá realizar trámites de licencias de funcionamiento con solo presentar una declaración jurada y no tendrá que presentar varias veces un mismo poder notariado.

La municipalidad respectiva deberá verificar en la Sunarp la existencia de esa carta poder inicial.

De esta manera, el Poder Ejecutivo pretende establecer un esquema de formalización de negocios y facilitar la apertura de nuevos negocios, y en ambos casos se necesita algo esencial: la flexibilización.

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