SBS otorga mayor flexibilidad a las AFP para realizar inversiones directas e indirectas

Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) deberán contar con un Archivo de Expedientes de Inversión para facilitar registro ordenado de operaciones que no requieran autorización de la superintendencia.

(Foto: USI)
(Foto: USI)

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó hoy una resolución que modifica diversos artículos del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Pensiones (SPP), con el objetivo de dar mayor flexibilidad en las inversiones directas e indirectas que realicen las AFP con los recursos de los fondos de pensiones que administran.

Además se busca generar un mayor compromiso de parte de las AFP en el ejercicio de sus responsabilidades como gestores de las inversiones, esto sustentado en principios de debida diligencia y competencia que responden a un inversionista del tipo institucional.

Entre las modificaciones aprobadas por la SBS figura la transferencia del proceso de registro de los instrumentos de inversión a las AFP, a través del establecimiento del Archivo de Expedientes de Inversión que cada AFP deberá implementar.

Además las AFP deberán contar, de manera transitoria y para ciertos instrumentos u operaciones de inversión, con un proceso de autorización previa de la SBS, con la finalidad de velar por la seguridad y la adecuada rentabilidad de las inversiones que efectúen las AFP con los recursos de los fondos que administran.

También se establecieron límites máximos para operaciones con derivados que no requieran autorización de la SBS. Las operaciones con recursos del Fondo Tipo 1 tendrán un límite de 2% del Valor de la Cartera Administrada, en el caso del Fondo Tipo 2, el límite máximo es de 4% y para el Fondo Tipo 3 se fijó 6%.

En caso la suma de los valores nocionales de los contratos de derivados estén próximos a superar estos límites, entonces deberá intervenir la SBS para dar la autorización a las nuevas operaciones.

La SBS también autorizó a las AFP a invertir en subclases de activos y/o algunos tipos de instrumentos u operaciones de inversiones locales y extranjeros entre los cuales figuran los instrumentos representativos de derechos sobre participación patrimonial o títulos accionarios locales y extranjeros.

Otros instrumentos en el que podrán invertir las AFP serán las Cuotas de Participación de Fondos Mutuos Locales y Extranjeros, forwards de monedas con plazos menores a un año, entre otros.

Estas y otras medidas entrarán en vigencia en el plazo de 180 días calendario, contados a partir del día de mañana martes.

RELACIONADAS

ÚLTIMA HORA ver todas

BLOGS ver todos

Revolución digitalPablo Bermudez

Bye bye Dubai... ¡Bienvenido NEOM! (1 de 3)

Herejías EconómicasGermán Alarco

Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PED...

El Vino de la Semana

Pisco, amor por el Perú

Te lo cuento fácilAlumnos de la Universidad del Pacífico

Guerra en Ucrania: un breve análisis del fac...

Economía para todosCarlos Parodi

Estados Unidos y China

WALL STREET VER TODOS

Será noticia

JOSÉ ANTONIO MONTENEGRO