La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), aprobó hoy sendas normas sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Mediante Resolución SBS N° 4197-2016, publicada en el Diario Oficial El Peruano, aprobó la norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los agentes de aduana autorizados para operar como despachadores de aduana.
La norma dice que corresponde al organismo supervisor velar por el cumplimiento de la Ley, el Reglamento, esta norma y demás disposiciones sobre prevención y detección del lavado de activos.
Esto se hará utilizando no solo sus propios mecanismos de supervisión, sino además podrá contar con el apoyo del oficial de cumplimiento, de la auditoría interna siempre que así lo disponga el estatuto social o la política del sujeto obligado y las sociedades de auditoría externa, de ser el caso.
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Asimismo, vía Resolución SBS Nº 4463-2016, se aprobó la norma para la gestión de riesgos y prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los sujetos obligados dedicados al otorgamiento de préstamos y empeño.
En ambas normas se indica que la UIF tiene la función y facultad de regular -en coordinación con los organismos supervisores de los sujetos obligados- los lineamientos generales y específicos, requisitos, precisiones, sanciones y demás aspectos referidos a los sistemas de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo de los sujetos obligados.