El expresidente de la Confiep, Ricardo Briceño, consideró positivo que ahora se defina una micro, pequeña y mediana empresa solo por el nivel de ventas y ya no por el número de trabajadores, pero sostuvo que debería existir una gradualidad en las tasas de Impuesto a la Renta para un mayor incentivo a la formalización.
El Gobierno promulgó un paquete de incentivo a las inversiones que considera microempresas a aquellas que tengan un nivel de ventas de 555 mil soles, pequeña empresa si facturan 6.2 millones de soles y mediana empresa al tope de 8.5 millones de soles. Así, eliminan el número de contratación de personal.
“No sólo se trata del número de personas y la facturación. Está bien la medida, pero hay muchos otros factores que analizar. Por ejemplo, no se trata de saltar de 0% a 30% de Impuesto a la Renta. Las empresas deben tener una gradualidad hacia la formalidad”, opinó Briceño en el seminario “Claves para el éxito de las empresas familiares”, organizado por Centrum Católica y la Asociación de Empresas Familiares (AEF)..
Briceño dio a entender que la tributación podría darse por escalas. “El Impuesto a la Renta asusta. No es que las empresas estén ganando mucho dinero. Pero si bajasen la tasa a 15% o tuviesen deducciones de electricidad u otros gastos, podría ser positivo”.
“Pasan al 30% de Impuesto a la Renta muy rápidamente. Hay que darle un poco más de respiro para que lleguen al tope de manera gradual”, agregó.
Multas onerosas
Briceño también criticó que las multas del Ministerio de Trabajo y la SUNAT pueden ser una traba para la formalización, puesto que los niveles mínimos suelen ser el capital de las mypes.
No obstante, el Ministerio de Trabajo ya confirmó la reducción de las multas laborales. La nueva escala de multas será aplicable con criterios de infracciones leves, graves o muy graves, con rangos de S/. 370 a S/. 5,550 a las microempresas; de S/. 740 a más de S/. 62,900 a las pequeñas empresas; y de S/. 1,850 hasta S/. 370,000 a las medianas y grandes.
Asimismo, el paquete de medidas del Gobierno prorroga el régimen DL. 28015 (temporal) de las mypes hasta el 2016, a fin de que las microeempresas tengan un tiempo bisagra para adecuarse a la actual DL. 1086 (permanente). Apenas se acojan, los tres primeros años no serán sujeto de multas laborales ni tributarias.