1.- Ley N° 30190 (09.05.2014) Modificó el Decreto Legislativo N° 1059, la Ley General de Sanidad Agraria para mantener condiciones que fortalezcan la competitividad de la producción agraria nacional.
Así, se otorgó competencia al Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) para establecer, regular, conducir, supervisar y fiscalizar el registro de plaguicidas de uso agrícola así como la fabricación, formulación, importación, exportación, envasado, distribución, experimentación, comercialización, almacenamiento y otras actividades relacionadas al ciclo de vida de los plaguicidas de uso agrícola.
2.- Decreto Supremo N° 005-2014-VIVIENDA (09.05.2014) El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) modificó el Reglamento Nacional de Edificaciones que contiene las Normas técnicas que se deben aplicar a las Habilitaciones Urbanas y a las Edificaciones que se ejecuten en el territorio nacional.
Se modificó la Norma Técnica A.010 que establece los criterios y requisitos mínimos de diseño arquitectónico que deberán cumplir las edificaciones: la relación de la edificación con la vía pública, la distancia que deben guardar las edificaciones vecinas, las dimensiones mínimas de los ambientes, los accesos y pasajes de circulación, las escaleras y puertas de evacuación, los servicios sanitarios y los ductos correspondientes, entre otros.
3.- Resolución N° 00172-2014-SUNAT/300000 (07.052.2014) La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) modificó el Procedimiento Específico “Aplazamiento y/o Fraccionamiento Art. 36° Código Tributario” INPCFAPE. 02.03 (versión 2).
Tiene como finalidad principal extender el alcance del concepto de “deuda tributaria aduanera” para la efectividad del procedimiento se regula que la deuda tributaria estará constituida además de los derechos arancelarios y demás tributos, multas e intereses cuando corresponda, y por el monto abonado indebidamente o en exceso por el acogimiento a la restitución de derechos arancelarios.
4.- Decreto Supremo N° 004-2014-JUS (06.05.2014) Reglamento del Ministerio de Justicia (Minjus) para implementar aspectos de identidad del agente encubierto y garantizar su protección en el marco de la técnica especial de investigación como técnica especial de investigación.
El objeto es implementar aspectos referidos a la identidad del agente encubierto así como garantizar su protección, y combatir de manera efectiva el lavado de activos y la corrupción, entre otros delitos que entrañan la participación de un grupo delictivo organizado.