1.- Resolución Ministerial N° 092-2014-MINCETUR (22.03.2014) Amplían siete procedimientos administrativos que se tramitan a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) sobre la autorización para la importación de tragamonedas, y bienes relacionados con juegos de casinos, entre otros; importar fuentes de radiaciones nuevas; transporte de material radiactivo; internamiento a casas comercializadoras autorizadas; internamiento de explosivos; productos pirotécnicos y el internamiento de productos pirotécnicos.
2.- Decreto Supremo N° 002-2014-MINAM (24.03.2014) Aprueban normas complementarias para la aplicación de los estándares de calidad ambiental (ECA) para el suelo señalados en el Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM.
Se regulan tres fases de aplicación de las ECA Identificación: a) establecer si el suelo supera o no el ECA de suelo, b) la caracterización (para determinar la extensión y profundidad de la contaminación), y c) remediación (para ejecutar los planes de descontaminación), entre otras medidas.
3.- Resolución N° 037-2014-CD-OSIPTEL y 923 y 046 (27.03.2014) El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) declara infundada la apelación de Telefónica Móviles S.A. y confirma multa demás de S/. 1.4 millones por no presentar 53 reportes de información en los plazos establecidos.
Fueron tres multas impuestas. Una de 89 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) por presentar fuera de fecha los reportes al primer trimestre del 2012 y dos de 150 UIT por el mismo motivo, pero por los reportes del segundo y tercer trimestre.
4.- Decreto Supremo N° 068-2014-EF (28.03.2014) Establecen normas reglamentarias de la Ley para la aplicación de la Ley N° 28713, que dispuso la extinción del Impuesto General a las Ventas (IGV) al servicio de transporte terrestre interprovincial de pasajeros durante el 17 de junio del 2003 y el 5 de marzo del 2004, como la forma de cálculo o determinación de la deuda tributaria, los casos de desistimiento en los casos que se encuentre la deuda impugnada, entre otros.
Para identificar la deuda tributaria que será extinguida, los deudores tributarios deben presentarse hasta después de 120 días de publicada esta norma.