1. – Resolución SMV Nº 002-2015-SMV/01 (19.02.2015).- La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) fijó como plazo hasta el 15 de abril para que la Bolsa de Valores de Lima implemente el sistema de suspensión automática de la rueda de bolsa o mecanismos centralizados de negociación que esta administre, con la finalidad de que si el índice general de precios se reduce más de 7%, la negociación se suspenderá automáticamente por 15 minutos, y sólo se podrá reanudar dicha negociación si es que el tiempo restante para que se puedan realizar operaciones que establezcan precio o cotización es al menos de 15 minutos. Una vez reanudada la negociación, si la variación acumulada del índice general durante dicha sesión llega a ser negativa en más de 10%, se suspenderá automáticamente la negociación por el resto de la sesión.
2.- Resolución Ministerial N° 048-2015-MINCETUR (18.02.2015).- El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprobó el plan anual de promoción y desarrollo turístico para el año 2015, en el que se indicará la participación y el aporte de los prestadores de servicios turísticos del sector privado. El documento indica que las actividades y proyectos que se orientan a promocionar y desarrollar el turismo nacional y se incluyan en el plan se financiarán con los recursos del Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, creado mediante la Ley 27889.
3.- Resolución SBS Nº 1132-2015 (16.02.2015).- La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (SBS) reguló el procedimiento para atención de las solicitudes de levantamiento del secreto bancario, aplicable a todas las empresas reguladas y/o supervisadas que captan recursos del público; así como, al Banco de la Nación y a las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a operar con recursos del público fijando el plazo de 30 días hábiles para que las empresas proporcionen la información solicitada, con carácter reservado, entre otras disposiciones.
4.- Resolución N° 031-2015-Sunafil (16.02.2015).- La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) conforma de manera temporal hasta la publicación del nuevo reglamento de organización y funciones de la entidad un equipo funcional denominada “Oficina de Articulación con las Intendencias Regionales en el Despacho del Superintendente”.