¿En qué casos una deuda impaga prescribe y ya no se puede cobrar judicialmente?

Desde las 11:00 am transmitiremos en vivo una entrevista al abogado César Medina. Nuestros seguidores podrán hacer sus consultas a través del Facebook.

¿Después de cuántos años una deuda impaga prescribe? ¿Cómo se contabiliza ese plazo? ¿Qué facultades tienen las empresas de cobranza? ¿Cuáles son las normas en el caso de las deudas tributarias?

Para responder a estas y otras consultas, Gestión.pe entrevistará hoy al abogado César Medina, asociado del estudio Lazo, De Romaña & Gagliuffi.

A lo largo de la transmisión, que se emitirá en el Facebook de Gestión, nuestros lectores podrán realizar las consultas que deseen a través de esta red social.

Aquí puede acceder a las respuestas obtenidas en la entrevista:

[LEA TAMBIÉN: Plazo de prescripción de deudas impagas se prorroga mientras el acreedor envíe notificaciones]

Y aquí puede acceder al video completo de la entrevista:

Recuerde que todas las semanas Gestión.pe transmitirá en vivo a través de su Facebook una entrevista sobre distintos temas de interés económico donde el público podrá hacer sus consultas en vivo.

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