Poder Ejecutivo tiene plazo hasta el 12 de diciembre para pronunciarse sobre el IGV Justo

“Muchos de los emprendedores de las mypes vienen siendo sujetos de cobranzas coactivas con consecuentes embargos de cuentas y reporte a centrales de riesgo, siendo así en extremo perjudicados”, Marysol León de Quantum Consultores.

El pasado 11 de noviembre se aprobó la autógrafa de la ley que prorroga el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) para la micro y pequeña empresa (mype) hasta por un plazo de tres meses, conocido como el IGV Justo, y el Poder Ejecutivo tiene plazo hasta el 12 de diciembre para darle ‘luz verde’ u observar la iniciativa.

Al respecto, Marysol León, gerente general de Quantum Consultores, explicó que la norma dispone que las personas naturales (con negocio) o empresas que no vendan más de 1,700 UIT (S/ 6’715,000) podrán acceder a una prórroga del pago del IGV hasta por 90 días.

“La norma aprobada por el Congreso, propuesta por la bancada fujimorista, nació debido a que muchas de las mypes le venden a grandes empresas privadas e incluso del Estado, y estas entidades pagan sus acreencias (facturas) en plazos (por ejemplo) de 60, 90 o 120 días”, explicó.

Agregó que esta situación no permite a las mypes poder pagar el IGV a la Sunat dentro de los plazos establecidos, ello debido a que no han cobrado sus facturas y/o no tienen la liquidez suficiente para efectuar el pago.

Mencionó que esta Ley del IGV Justo ha establecido ciertos requisitos o limitantes para que una mype pueda acceder a los beneficios de la ley:

1. No tener deudas tributarias, exigibles coactivamente, mayores a 1 UIT
2. Los titulares, personas naturales (con negocio) o socios no deben tener condena por delitos tributarios.
3. No encontrarse en Proceso Concursal.
4. No haber incumplido con presentar sus declaraciones y/o efectuar el pago de sus obligaciones de IGV e Impuesto a la Renta al que se encuentren afectas, correspondiente a los 12 periodos anteriores, salvo que regularicen pagando o fraccionando dichas deudas en un plazo de 90 días previos al acogimiento.

“En este requisito la norma precisa que Sunat deberá otorgar facilidades de un fraccionamiento especial”, dijo la especialista.

Opinó que esta norma será positiva para los emprendedores de las mypes pues ya no tendrán que acceder a altos costos financieros (para el pago del IGV), tales como préstamos (formales), factoring de facturas negociables, préstamos informales.

“Incluso hoy mismo muchos de los emprendedores vienen siendo sujetos de cobranzas coactivas con consecuentes embargos de cuentas y reporte a centrales de riesgo, siendo así en extremo perjudicados”, anotó.

Aunque consideró muy importante que las mypes tengan un correcto control financiero de sus deudas tributarias y no bajen la guardia en el pago de sus impuestos; en ese sentido corresponde a la Sunat hacer un trabajo de orientación, sin olvidar que en Perú la cultura financiera todavía es pequeña.

“Lo que la gente puede pensar hoy día es solo postergar el problema tres meses más, por ello los contribuyentes deben ser responsables y conscientes de sus responsabilidades tributarias”, mencionó.

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