Miguel Alonso Juape Pinto
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“No se modificará el texto de la autógrafa de la ley de ciberdelitos ya que existe un acuerdo en el texto que tiene el Ejecutivo. Si quisiéramos cambiar esta ley tendríamos que devolverla al Congreso y abrir un nuevo debate, que no es necesario”, explicó José Medina Frisancho asesor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en conversación con Gestión.
“Si se modifica una palabra se tiene necesariamente que devolver el proyecto al Congreso”, detalló.
Precisó que en 11 días vencerá el plazo para que el presidente observe o no el proyecto de Ley. No obstante, Medina avaló la propuesta como funcionario del Ministerio de Justicia. “Quizás pronto se sabrá si el proyecto es ley”, estimó.
Sin embargo, la autógrafa es criticada por varios expertos y blogueros, ya que se regulan delitos que usan medios informáticos (acoso por medios Internet y otros),por lo que si el delito no usara estos sistemas informáticos, no se sancionaría, explicaron los expertos.
Otro cuestionamiento a la autógrafa, es que criminaliza de la simple posesión de sotfware que pudiera servir para un ‘hacking’, sin regular la excepción del ‘hacking ético’(que se usa para probar la seguridad de un sistema vía la intervención controlada de un virus informático).
Respecto a la regulación de la discriminación vía la web, los críticos apuntan que tal como está redactado el proyecto, cualquier punto de vista político controvertido podría enfrentar una denuncia penal.
O, que se sancione hasta con seis años, al que introduce, borra o hace inaccesibles datos informáticos de otra persona sin su consentimiento, sin señalar los criterios de valoración.
También que la autógrafa derogaría el hurto sobre bienes del patrimonio cultural de la Nación por error, ya que lo correcto hubiera sido derogar el hurto vía uso de sistemas de transferencia electrónica (ver dato).
Respuestas
Al respecto, José Medina explicó que la ley de ciberdelitos agrupa a dos tipos de delitos: aquellos que afectan la información o sistemas informáticos (acceso ilícito ‘hacking’, daño de información en sistemas y otros); y también se incluye a los delitos que usan la tecnología de la información y comunicación para cometerlos (discriminación, captación de pornografía infantil y otros).
Por ello, la autógrafa, no es una copia del Convenio de Budapest(acuerdo internacional del cibercrimen), sino que adecúa la regulación a la realidad nacional, apuntó.
También, precisó que existen excepciones generales en el Código Penal (art. 20), por lo que no se requiere regularlas en cada delito. Por lo que, las empresas o personas que realicen un “hacking ético” en el marco de un ejercicio legítimo de un oficio o con el consentimiento del dueño del sistema, no cometen ningún delito, aseguró.
Tampoco se penalizará el cambio de nombre, borrado y otros archivos de otro usuario. Sino que necesitará probar un daño efectivo de un archivo o dato.
De otro lado, la autógrafa regula una agravante en la discriminación que usa medios informáticos (con cuatro años de cárcel).
Ello, se debe, a que estos ciberdelitos tienen en común la dificultad en el rastrear al autor del delito (por su anonimato en el uso del Internet y por el carácter masivo que tiene el uso de las redes cibernéticas que permite la rápida difusión del mensaje discriminatorio.
“Estas características particulares, justifican el agravante y su regulación especial”, aseguró.
EL DATO
Cambios. El congresista Juan Carlos Eguren, presidente de la Comisión de Justicia, y que agrupó las iniciativas en la ahora autógrafa, dijo que es probable que se presente una modificación del texto original del proyecto, ya que por error se reducirían las penas en el hurto del patrimonio cultural, al derogarse un inciso del Código Penal.