El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) ratificó que ninguna entidad pública puede adquirir bienes utilizando la figura del leasing inmobiliario, sin someter dicho proceso a las reglas contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado.
Esto ocurrió luego que la Cámara de Comercio de Lima (CCL) alertará que algunas entidades del Estado pretendían utilizar la modalidad de arrendamiento financiero para realizar sus compras de modo directo, sin someterse a lo que especifica la Ley de Contrataciones.
“Como gremio empresarial expresamos nuestra preocupación y el OSCE ratificó nuestra postura. La contratación de servicios de arrendamiento financiero o leasing debe realizarse observando las disposiciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento”, aseveró Mario Mongilardi, presidente del gremio empresarial.
Agregó que, la contratación de servicios de arrendamiento financiero o leasing se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la normativa de contrataciones del Estado y no hay motivos por los cuales vulnerar la ley y su reglamento.
“Ante un escenario irregular, advertimos que poner en práctica la modalidad de leasing para realizar compras de modo directo, es decir, contratando en la práctica ‘a dedo’ y sin competencia podría lesionar tanto a los proveedores como a los propios intereses del Estado”, agregó.
Ante ello, dijo la CCL reitera su respaldo a las normas de contrataciones públicas siempre que sean claras, precisas y transparentes, y que eliminen las decisiones discrecionales que adopte el mal funcionario público, en perjuicio de otros proveedores y los propios interés del Estado.