Opecu alerta que reglamento alimenticio impedirá bajar altos niveles de azúcar y sal en dos años

Opecu advirtió que el reglamento peruano ignoró la segunda etapa de su referente, el reglamento chileno, que tiene tres etapas.

Foto: Andina.
Foto: Andina.

El Organismo Peruano de Consumidores y Usuarios (Opecu) alertó que el Reglamento de la Ley de Promoción de Alimentación Saludable del Perú no refleja la gradualidad de valores a la baja en energía, sodio, azúcares totales y grasas saturadas de hasta 37.5% en sólidos y entre 16.7% y 20% en líquidos, en dos años, al omitir la segunda de tres etapas que estableció su referente de Chile.

“El reglamento de alimentación saludable nacional al no incluir la segunda etapa de su referencia chilena, impedirá, en dos años, bajar las concentraciones de sodio en 300 miligramos (mg) o 37.5% y de azúcares en 7.5 gramos o 33 % en productos sólidos y de un gramo o 17% en líquidos. Omisión injustificable. Corrijan, sin demora”, afirmó el presidente del Opecu, Héctor Plate Cánepa.

¿Qué baja en la segunda etapa o periodo intermedio chileno en junio del 2018? En sólidos por 100 gramos. Bajarán sus cuatro indicadores. Así el sodio pasa de 800 mg a 500 mg reduciendo 300 mg o 37.5%, mientras los azúcares totales de 22.5 gramos a 15 gramos y disminuirán en 7.5 gramos o 33.3%.

Asimismo, las grasas saturadas pasarán de 6 gramos a 5 gramos perdiendo un gramo o 16.7%, mientras las calorías bajan de 350 Kcal a 300 Kcal por lo que reduce 50 Kcal o 14.3%.

En líquidos por 100 mililitros. Disminuirán dos de cuatro indicadores. Las calorías pasarán de 100 Kcal a 80 Kcal cayendo 20 Kcal o 20%, mientras los azúcares totales reducirán de 6 gramos a 5 gramos y bajan un gramo o 16.7%.

“Instamos al Minsa, a incluir la segunda etapa con la reducción de los parámetros técnicos que eviten innecesarias ampliaciones de tiempos para la entrada en vigor de la norma de alimentación que ya tiene cuatro años de incomprensible retraso. Eficiencia”, dijo Plate.

Los límites de energía y nutrientes del Reglamento de Promoción de Alimentación Saludable de Chile establece los límites de energía en kilocalorías (Kcal), sodio en miligramos (mg), azúcares totales y grasas saturadas en gramos (g) que los alimentos procesados, sólidos y líquidos, no deben superar en tres etapas durante tres años y cuyas respectivas vigencias son el 27 de junio de 2016 (actual), 27 de junio de 2018 y 27 de junio de 2019, respectivamente.

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