El Ministerio de Economía y Finanzas informó que la nueva Ley del Servicio Civil reconoce el derecho de la Compensación de Tiempo por Servicio (CTS) y establece un nuevo método de cálculo en base al 100% del promedio de sus últimos 36 ingresos permanentes (valorización principal y valorización ajustada).
La mencionada ley, además, elimina la condición de desigualdad entre los servidores públicos de los regímenes laborales N° 276, 728 y los CAS (Contrato Administrativo de Servicios).
Para los trabajadores del DL 276 y DL 728, la CTS se entrega en el momento del cese y había diferencia en su cálculo. A los trabajadores públicos sujetos al régimen CAS no se reconocía el derecho a la CTS.
Los servidores públicos de los mencionados regímenes, al optar por incorporarse al régimen de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, tendrán como base de cálculo el 100% del promedio de la sumatoria de los últimos 36 ingresos permanentes que se haya percibido y se multiplicarán por sus años de servicio, contados a partir de su incorporación a este nuevo régimen. Los años anteriores al momento de su incorporación a la ley, tendrán el método de cálculo de su régimen de origen.
La Reforma del Servicio Civil permitirá implementar un nuevo sistema de carrera pública basada en la meritocracia para garantizar un mejor servicio del Estado al ciudadano, que sincera la progresividad de la carrera pública según la especialidad y competencia del servidor público.