La Superintendencia de Administración Tributaria y Aduanera (Sunat ) informó que en dos semanas de iniciarse el cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta (IR) del periodo 2014, más de 50,000 contribuyentes ya cumplieron con dicha obligación, esperando pasar la barrera de los 300,000 antes de iniciarse las fechas de vencimiento.
El Grupo Verona detalló que los contribuyentes ya pueden presentar su declaración, antes de la fecha de vencimiento que inicia el martes 24 de marzo y finaliza el jueves 9 de abril. Cabe precisar que el cronograma se fija de acuerdo al último dígito del Registro Único de Contribuyente (RUC).
¿Quiénes están obligados a declarar?
Están obligadas todas aquellas personas que han percibido rentas empresariales, incluidas en el Régimen general. También deben presentarla las personas naturales cuyos ingresos sean mayores a S/.25,000, provenientes de las rentas por alquileres (Primera Categoría), ganancias de valores mobiliarios (Segunda Categoría), ingresos profesionales obtenidos de forma independiente (Cuarta Categoría) o ingresos obtenidos por el trabajo de manera dependiente sumados a los ingresos generados como independiente.
Asimismo, están obligados a declarar las personas que tengan un saldo del Impuesto a la Renta por regularizar, provenientes de las rentas antes mencionadas, aun cuando no superen el importe de S/. 25,000.
En caso de percibir rentas empresariales, se debe ingresar a la página web de la Sunat, y llenar su Declaración Jurada Anual de impuesto a la renta 2014, formulario PDT N° 692.
Las personas naturales que reciban rentas distintas a las empresariales deben declarar su impuesto a la renta anual 2014 mediante el formulario virtual N° 691. Para ello deberán ingresar a la página web de la Sunat con su clave SOL.
¿Desde cuándo y cuál es la fecha límite para declarar?
La Sunat ha aprobado el cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio 2014 y aunque dicho cronograma comienza el 24 de marzo, dicha obligación puede adelantarse para evitar posibles complicaciones.
El cronograma está en función del último dígito del número de RUC de los contribuyentes, y establece el plazo máximo para cumplir con la presentación de la declaración. “Lo recomendable es cumplir con esta obligación antes de dichas fechas que son límites”, indicaron.
Cronograma de vencimiento de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta e ITF correspondiente al ejercicio gravable 2014
-Último dígito del RUC- -Vencimiento-
0 ------------------------- 24.03.2015
1 ------------------------- 25.03.2015
2 ------------------------- 26.03.2015
3 --- --------------------- 27.03.2015
4 ------------------------- 30.03.2015
5 ------------------------- 31.03.2015
6 ---- -------------------- 01.04.2015
7 ------------------------- 06.04.2015
8 ------------------------ 07.04.2015
9 ------------------------- 08.04.2015
Buenos Contribuyentes ------------------------- 09.04.2015
Hay que recordar que la declaración de las personas naturales (profesionales independientes, personas que alquilan predios, otros) solo se realiza a través de Internet, usando el Formulario Virtual N° 691, disponible en la web de la Sunat (www.sunat.gob.pe).