El congresista, Juan Pari, presidente de la Comisión Lava Jato, encargada de investigar el pago de presuntas coimas a funcionarios peruanos por parte de empresas brasileñas como Odebrecht, Camargo Correa, OAS, Andrade Gutiérrez, Queiroz Galvao y otros vinculados a Lava Jato, presentó su informe en minoría en el que considera las actividades de estas empresas desde su inicio a la fecha.
Entre las conclusiones se señala que, la justicia brasileña ha establecido que las empresas mencionadas y otras constituyeron en Brasil un cartel de carácter delictivo con la finalidad de monopolizar contrataciones con la empresa Petrobras, en el marco de las cuales obtenían ingresos ilícitos que luego eran “lavados” en el sistema financiero internacional.
“Esas mismas empresas, como cartel, habrían trasladado sus operaciones y procedimientos ilegales al Perú, convirtiendo al Estado peruano en su contratante, replicando en él, el papel de Petrobras; perjudicando al erario público del Perú. Y convirtiendo al Perú en una suerte de paraíso tributario-financiero.
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Dichos procedimientos que habrían tenido antecedentes desde los años 80; recién a partir del año 2003, y “durante los tres últimos gobiernos, se convierten en frecuentes, vía los denominados megaproyectos que comprometen miles de millones de dólares del Tesoro Público que financian los contribuyentes”, precisa Pari en su informe.
Cabe recordar que, en los proyectos en los que han participado las empresas
brasileñas investigadas son:
Carretera Interoceánica Norte y Sur (Tramos II, III y IV)
Proyectos Olmos (Trasvase e Irrigación)
Línea 1 del Tren Eléctrico
Línea Amarilla o Vía Parque Rímac
Proyecto Hidro Energético Alto Piura
Gasoducto del Sur Peruano
Planta de Tratamiento de Huachipa
Proyecto Carretera Callejón de Huaylas – Chacas – San Luis
Determinándose así que en los procesos de adjudicación, contratación, ejecución de contratos, otorgamiento de adelantos; así como cuando, ha sido el caso, en arbitrajes y renegociaciones de contratos; se han producido hechos irregulares, violentando los sistemas de control y trasgrediendo la legislación vigente; cuya naturaleza delictiva debe determinarla el Ministerio público; procedimientos irregulares a los cuales se les dio una aparente legalidad, creándose para este efecto una normatividad ad hoc.
Esto habría sido condición para que, por acción u omisión, los funcionarios de Estado peruano que participaron en estos hechos hayan cometido y/o permitido el pago de coimas por parte de las empresas brasileñas.
“En estos hechos se han identificado modalidades de comportamiento
como la utilización de la ―puerta giratoria‖; por la cual funcionarios públicos peruanos, con información privilegiada, posteriormente se convertían en consultores y/o representantes de empresas brasileñas y viceversa”, señala el documento.
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Asimismo, se menciona que los contratos de inversión firmados con ProInversión por montos superiores a la inversión comprometida por la empresa en el proyecto, obteniendo así, las empresas, los beneficios de la
legislación promotora de la inversión extranjera en el Perú. (Caso Olmos, en fases Trasvase e irrigación ).
Otra conclusión del informe es que se han establecido indicios de que ha operado en el Perú un esquema financiero empresarial de sucesivas transferencias de dinero, con la aparente finalidad de esconder su origen y su destino final; destino éste que estaría asociado al pago de coimas a cambio de las prebendas obtenidas por empresas brasileñas con contratos y adendas lesivos al Estado peruano.
De este esquema participaron ´Constructora Internacional del Sur´ ya identificada en Brasil con el lavado de activos, la empresa peruana Constructora Área SAC, Klienfeld Servicies LTD, Balmer Holding Assets Ltd., entre otras, que habrían realizado contratos ficticios para justificar las transferencias del dinero.
[Vea aquí el informe en minoría del congresista Juan Pari]
Entre las recomendaciones del informe, se solicita que el documento y los anexos sean trasladado al Ministerio Público y a la Procuraduría de Brasil para que los puedan utilizar como elementos investigación.
Asimismo, se pide al Congreso de La República, deroge las leyes que impidieron el libre accionar del ente de Control, específicamente la Ley 28670, o en su defecto se apruebe una norma autorizando que pueda auditar expost los gastos efectuados en cada una de estas obras.
Mientras que al Poder Ejecutivo, a efectos de que proceda a la revisión, se recomienda renegociación o resolución de los contratos diversos celebrados con empresas brasileñas; evitando la libre negociación de las concesiones por parte de las empresas implicadas en ilícitos en nuestro país y/o en su país de origen.