Luego que Indecopi multara al Banco Falabella por negarle a un cliente una tarjeta de crédito porque su discapacidad le impedía firmar, el experto en derecho bancario, Rolando Castellares, afirmó que el tener esta limitación no es motivo para negar ningún producto financiero.
De acuerdo con el especialista, el Código Civil peruano precisa que si una persona tiene todas sus facultades mentales, pero tiene discapacidad para firmar, hay alternativas prácticas para que no se perjudique.
Una de ellas es que la persona con discapacidad puede otorgar una carta poder a un tercero para que ejecute el acto de firmar por él. Esta opción se incorporó en el Código inicios de la década pasada.
Asimismo se acepta firmas electrónicas o por instrumentos mecánicos como sellos. Otra alternativa es el uso de la huella digital en caso la persona sea analfabeta y no sepa escribir.
Sobre la sanción al Banco Falabella, Castellanos señaló que la entidad actuó de manera equivocada, aunque refirió que el cliente también pudo asesorarse y buscar una alternativa para poder hacer la firma.
“¿Qué hubiese pasado si este cliente en lugar de pedir una tarjeta de crédito hubiese llevado S/.100 mil? Seguramente la actitud del banco habría sido otra”, dijo a Gestion.pe.