Aprueban operaciones de endeudamiento externo por US$ 100 millones con el BID y el BIRF

El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasionen las operaciones de endeudamiento externo, será atendido por el MEF con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.

El Gobierno aprobó las operaciones de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), por un monto total de US$ 100 millones, con la finalidad de financiar parcialmente el Programa de Apoyo al Transporte Subnacional (PATS).

A través de un Decreto Supremo publicado hoy en el Diario Oficial, se aprueba la operación con el BID por US$ 50 millones, siendo que la cancelación de la misma será mediante dos cuotas semestrales, consecutivas, y en lo posible iguales.

Según se indica en el dispositivo, la primera cuota vencerá el 15 de abril de 2028 y la última el 15 de octubre de 2028; además, devenga una tasa de interés basada en la LIBOR a tres meses, más un margen a ser determinado por el BID de acuerdo con su política sobre tasas de interés.

En tanto, el endeudamiento está sujeto a una comisión de crédito sobre el saldo no desembolsado del préstamo, que es establecido periódicamente de conformidad con las disposiciones aplicables de la política del BID, sin que exceda el 0.75% anual.

Durante el periodo de desembolso no hay comisión de inspección y vigilancia, salvo que el BID la restituya, en cuyo caso no puede cobrarse en un semestre determinado más de uno por ciento del monto de financiamiento dividido por el número de semestres comprendidos en el plazo original de desembolsos.

BIRF
En el Decreto Supremo, también se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre el Perú y el BIRF hasta por la suma de US$ 50 millones, refiriendo que dicha cancelación será mediante dos cuotas semestrales, consecutivas e iguales, venciendo la primera cuota el 15 de abril de 2028 y la última el 15 de octubre de 2028.

La operación de endeudamiento devenga una tasa de interés basada en la tasa LIBOR a seis meses, más un margen variable a ser determinado por el BIRF de acuerdo a su política de operaciones.

El referido endeudamiento externo está sujeto a una comisión de compromiso del 0.25 por ciento anual sobre el saldo por desembolsar del préstamo y a una comisión de financiamiento equivalente al 0.25 por ciento sobre el monto del préstamo.

En ambos casos, la Unidad Ejecutora del Programa de Apoyo al Transporte Subnacional – PATS, es el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado (Provías).

Asimismo, refiere que se autoriza al ministro de Economía y Finanzas (MEF), o a quien él designe, a suscribir en representación de la República del Perú, los contratos de préstamo de las operaciones de endeudamiento externo, así como al titular de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del sector a suscribir los documentos que se requieren para implementar las citadas operaciones.

Añade que el servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasionen las operaciones de endeudamiento externo, es atendido por el MEF con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.

TAGS: MEF, BID, BIRF

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