“El nuevo reglamento no debe ir en contra de la ley. Si es posible saber quiénes tuvieron todos los descuentos, y cuánto de esos descuentos fue usado en obras públicas, entonces el MEF podría dar una repartición equitativa entre todos los afectados por los descuentos del Fonavi”, afirmó Carlos Adrianzén, decano de la Facultad de Economía de la UPC, frente al artículo 14 del Decreto Supremo N°016-2014-EF.
Este artículo afirma que los fonavistas que hayan sido beneficiados con recursos del Fonavi, directa o indirectamente, se encuentran excluidos del proceso de devolución.
En Fonavi hubo usos lícitos, como gastos públicos, pero debemos saber qué es lo que ha asignado el Ministerio de Economía como gasto de fondo, recomendó el decano.
Tal monto es desconocido, porque esos ‘aportes’ se usaron en obras públicas y el único ente regulador que podría responder esa pregunta es el Ministerio de Economía y Finanzas.
En cuanto a las exclusiones, Adrianzén opinó: “Todas las personas descontadas deberían tener el mismo derecho, tanto los más ricos como los más pobres y minusválidos”.
Por supuesto, devolver todos los aportes sin incluir esos gastos es algo muy incierto, ya que cualquier error se consideraría como malversación de fondos fiscales. Y algo que es importante aclarar es que la ley no dice que se devolverá los saldos actualizados, sino todos los aportes.
Para recordar, la historia del Fondo Nacional de Vivienda(Fonavi) nace en 1979, con la finalidad de facilitarle a los aportantes el acceso a una vivienda adecuada. Los reclamos surgidos respecto a la ‘deuda’ del Fonavi nacen porque hasta el año 1998 el Fonavi no era un impuesto, sino una contribución.
Ahora la pregunta es, ¿cuándo empezó a convertirse en un impuesto(económicamente hablando)?. La respuesta es sencilla, los impuestos son de libre disponibilidad por el Estado, mientras que las contribuciones se pagan a cambio de alguna contraprestación específica.
Precisamente, los aportes fonavistas provienen de las planillas de los trabajadores, los cuales fueron deducidos en su momento. Una parte de ellos son descuentos de los trabajadores, y otra parte son aportes de los empleadores, afirmó Adrianzén.
Sea cual fuera el caso, el Estado hizo uso de estos ‘aportes’ para financiar gasto público en obras de infraestructura urbana, electrificación y saneamiento. Finalmente la inflación licuó el fondo y lo que quedó se lo apropió el ministerio. Y en 1998, el Estado decidió cambiarle el nombre a Impuesto Extraordinario de Solidaridad.
La incertidumbre surge al respecto de qué monto debe ser potencialmente devuelto, ya que será excesivo. Algunos analistas refieren que puede ser una cifra cercana a S/. 22 mil millones, pero es una aproximación. Cualquiera sea el monto, siempre será elevado e involucrará una fuerte reducción del presupuesto fiscal del gobierno peruano.
Por tal razón, no se puede hablar de un compromiso en el riesgo crediticio del país, ya que se desconoce el monto a devolver para los fonavistas.