El gobierno dispuso, a través del Decreto Legislativo Nº 1342 publicado hoy en el Diario Oficial, la facilitación del acceso al contenido de las decisiones jurisdiccionales en todos los niveles, en el ámbito nacional, promoviendo la transparencia de los órganos de la administración de justicia y que sean comprensibles para la población.
Según la disposición, se desarrollarán medios tecnológicos que permitan la publicación periódica, actualizada, oportuna y asequible de las decisiones de cada autoridad jurisdiccional.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) participa en la difusión y promoción de estos derechos, – según el decreto- en coordinación con las instituciones vinculadas a la administración de justicia a nivel nacional.
Refiere además que las instituciones del sistema de justicia tienen el deber de atender y emitir sus decisiones “en el idioma en el que se expresa originariamente la persona usuaria del servicio”.
“En las localidades en las que la población mayoritaria hable una lengua originaria, los puestos para cubrir las plazas de Juzgados, Fiscalías y la Policía Nacional del Perú, así como del personal administrativo que labora en las instituciones de la administración de justicia deben, preferentemente, ser ocupadas por personas que conocen y pueden comunicarse en el idioma de la población de la localidad”, añade.
Asimismo, los operadores del sistema de justicia evitarán usar términos en latín o cualquier otro arcaísmo que dificulte la comprensión de las expresiones y términos legales que contiene sus actos o resoluciones.
Publicidad
Además, señala que las entidades desarrollarán una plataforma de soporte tecnológico para la publicidad de las resoluciones judiciales con la finalidad de facilitar a la ciudadanía el acceso “en forma sencilla a todas y cada una de las decisiones jurisdiccionales de los jueces o tribunales”.
Esta plataforma facilitará la coordinación interinstitucional entre el Poder Judicial, el Consejo Nacional de la Magistratura, y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
De otro lado, el decreto señala la modificación de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley 30077, Ley Contra el Crimen Organizado, sobre la competencia de los juzgados penales y de la Sala Penal Nacional, así como de los órganos del Sistema Anticorrupción.
“La Sala Penal Nacional y los juzgados penales nacionales tienen competencia objetiva, funcional y territorial para conocer los procesos penales por los delitos graves cometidos por una organización criminal, siempre que el delito o sus efectos tengan repercusión nacional o internacional, dando lugar a un proceso complejo”, explica.
Sostiene que la competencia de los referidos órganos jurisdiccionales queda sujeta “a la verificación de la concurrencia de todos estos requisitos”.
Recuerda que el Sistema Nacional Anticorrupción, está compuesto por los Juzgados Especializados y Salas Especializadas Anticorrupción con competencia nacional, además de los Juzgados y Salas Especializadas en la materia de cada Distrito Judicial del país.