Hasta el momento el Ejecutivo ha emitido 44 Decretos Legislativos como parte de las facultades legislativas delegadas por el Congreso.
Las últimas medidas, cabe precisar, están orientadas a brindar facilidades a las mypes mediante incentivos tributarios y procedimientos de simplificación administrativa. A continuación un recuento – a ocho días para terminar el año – de las principales medidas promovidas desde el Estado a favor de las mypes:
Fraccionamiento de impuestos. Las empresas con ventas menores a 150 UIT (S/ 607,500) cuentan con beneficios para fraccionar su IGV corriente hasta por 72 meses. De este modo se evitará – según el Ejecutivo – persecución u algún tipo de acoso a los emprendedores.
Postergación del pago del IGV. Las empresas con ventas menores a 1,700 UIT (S/ 6’885,000) podrán prorrogar el pago de sus tributos hasta por 90 días dotándoles de mayor tranquilidad financiera dado que ya no deberán pagar por adelantado sus impuestos, sino cuando cobren sus ventas.
Extinción de deudas tributarias menores a 1 UIT y reducción de las deudas tributarias superiores a 1 UIT aplicando recortes de 90%, 70% y 50% al monto adeudado.
Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV para mypes. Se ha creado este régimen especial para promover la adquisición de equipos y maquinarias que permitan a nuestras empresas ser más productivas. Este beneficio era exclusivo de las microempresas, pero ahora se extenderá a las pequeñas empresas. Con miras a que inviertan, se ha dispuesto que el 18% del IGV será deducido sin tener que esperar la depreciación, como mínimo en los siguientes tres meses a la fecha de adquisición.
Ley de Factoring. Este mecanismo facilita el acceso a financiamiento a las empresas a través de una menor tasa de impuesto a la renta a las facturas. Ahora las empresas pueden vender las facturas de sus clientes y recibir el dinero de manera inmediata sin tener que pagar altos intereses como ocurre hoy.
Nuevo régimen mype tributario. A partir de enero, las micro y pequeñas empresas van a pagar impuestos de acuerdo a la real capacidad de sus ingresos. El régimen está destinado a aquellos contribuyentes cuyos ingresos netos provenientes de su actividad empresarial no superen las 1,700 UIT (S/ 6’885,000) y permitirá que paguen una tasa mucho menor de 10% por las primeras 15 UIT y de 29.5% por el excedente. Mientras que las empresas del Régimen General tienen que pagar el 29,5% de toda su renta.
Asimismo, el adelanto mensual del impuesto a la renta, que para el régimen general es de 1.5%, en el RMT será de 1%. No solo es más favorable, sino que también es más cómodo y simple, ahora las empresas de hasta 300 UIT podrán calcular sus utilidades solo como ingresos menos ventas.
La nueva Sunat. “Estamos construyendo una entidad amigable, accesible, con procesos sencillos y facilidades para las pequeñas empresas”, dijo Alfredo Thorne, titular de Economía y Finanzas.
Créditos al alcance de todos. Thorne detalló también que se está trabajando coordinadamente con los cuatro brazos financieros del Estado: Banco de la Nación, Cofide, Agrobanco y MiVivienda para lograr “la revolución del crédito” favor de los microempresarios.
Medidas para la actividad pesquera artesanal. A través de un Decreto Legislativo se simplifican los procedimientos administrativos para el desarrollo de la actividad pesquera artesanal, esperándose formalizar al menos a 25,000 pescadores.
El ministro de la Producción, Bruno Giuffra, explicó hace unos días que con la nueva plataforma online el costo para el desarrollo de esta actividad será cero y el tiempo se reducirá a 10 días hábiles, dado que antes el trámite demandaba S/ 1,558 y demora 12 meses.