Empresas de transporte ya no deberán presentar estudio de mercado y financiero para operar

El Ministerio de Transporte publicó hoy un proyecto de decreto que elimina esa exigencias que rige desde el 2009, pues ha sido declarada por el Indecopi como una barrera burocrática ilegal.

El Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) presentó hoy un Proyecto de Decreto Supremo que deroga el artículo 39 del Reglamento Nacional de Administración de Transporte.

El mencionado artículo establece como condición legal adicional para acceder y permanecer en el servicio de transporte público regular de personas de ámbito nacional con origen y/o destino a la provincia de Lima y al Callao “la presentación de un estudio de factibilidad de mercado, financiero y de gestión, a fin de demostrar la viabilidad de la operación”.

No obstante, el MTC sostiene que ese artículo -aprobado por el (Decreto Supremo 017-2009-MTC) debe ser derogado pues es considerado una barrera burocrática ilegal.

“Dicha exigencia ha sido calificada por el Indecopi como barrera burocrática ilegal, en tanto su establecimiento se ha efectuado sin contar con un informe previo que lo sustente”, subraya el proyecto publicado hoy.

El MTC dará quince días hábiles para recibir comentarios y sugerencias al proyecto, tras lo cual se oficializaría la publicación del decreto.

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