El retraso de las deudas previsionales que mantienen los gobiernos regionales y locales con el Sistema Privado de Pensiones (SPP) tiene un plazo hasta este mes, al 30 de noviembre, para ser saldada con buenas tasas de descuento, a fin de cumplir los aportes no pagados a sus trabajadores en su momento.
Estas entidades estatales puedan acogerse al Régimen de Reprogramación de pago de aportes previsionales al Fondo de Pensiones del Sistema Privado de Pensiones (REPRO-AFP) y Régimen de Sinceramiento, según el plazo adicional hasta el 30 de noviembre contemplado en el Decreto Legislativo 1275. ¿Cómo se hace?
Hasta la semana pasada, AFP Integra calculó que el monto adeudado por las 2,466 entidades estatales al Sistema Privado de Pensiones (SPP) ascendía a S/ 1,245 millones. Este monto es el acogido al Repro-AFP, pero sin fraccionar, dijo César Chang, vicepresidente de Finanzas, Operaciones y Sistemas de AFP Integra.
Entre los 10 principales departamentos con Mayor Deuda con Repro (con fraccionamiento a 120 cuotas) a nivel nacional de AFP Integra se ubican: Lima (S/ 151 millones), La Libertad (S/ 58 millones), Lambayeque (S/ 58 millones), Ancash (S/ 47 millones), Piura (S/ 45 millones), Cajamarca (S/ 41 millones), Junín (S/ 38 millones), Ayacucho (S/ 35 millones), Callao (S/ 32 millones) e Ica (S/ 30 millones).
¿CÓMO ACOGERSE?
Primero, mediante una declaración se pueden acoger todas las deudas no pagadas en el sistema AFPnet hasta el 31 de diciembre del 2015, señaló Chang, de AFP Integra.
En segundo lugar, para la etapa de la conciliación, los gobiernos regionales reconocen la deuda real (cierta) que debe acogerse y solicitan una simulación de su valor actual bajo el régimen REPRO (considera el cálculo de rentabilidad).
En la fase de acogimiento, el Consejo de los gobiernos locales debe aprobar durante el mismo mes la simulación y acoger la deuda al sistema AFPnet.
Por último, el pago del valor total se realiza en cuotas y es posible financiar la deuda hasta en 120 cuotas mensuales y con interés de fraccionamiento equivalente a 7.4137%.
“Los beneficios para el afiliado son dos: uno, la posibilidad de completar su fondo de pensión, con dinero que debió haber estado en su cuenta y no estaba. Y dos, le permite completar los accesos a beneficios de seguros de invalidez o supervivencia que son parte del SPP”, dijo Chang.
En caso no cumplan el pago de 3 cuotas consecutivas, perderán el beneficio REPRO-AFP. De ocurrir, la deuda se recalculará e inmediatamente se reiniciarán los procesos judiciales de cobranza.
“Los beneficios para el empleador son i) la reducción de multas o intereses, que son fijados por regulación. Las AFP no pueden cambiar o modificar los intereses. Todo eso está regulado por la ley y la SBS. Otro beneficio para el empleador es que puede suspender los procesos judiciales activos”, enfatizó Chang, de AFP Integra.