Las personas naturales que se encuentren en el régimen de cuarta categoría solo pueden deducir el 20% de sus ingresos brutos, y los de quinta categoría solo 7 UIT, sentenció Raúl Odría, colaborador de Contribuyentes por Respeto.
Se supone que un profesional al desarrollar su carrera debería poder deducir sus gastos, pero esta propuesta ya existía en el Perú, no es nueva, dijo Odría. Sin embargo, fue derogada. ¿Cuál es verdadero propósito de la deducción de gastos? ¿debería generar riqueza?
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