Concytec calificará y autorizará a proyectos de innovación de empresas para obtener beneficios tributarios

El Concytec, el MEF, la Sunat y el Produce tienen “casi listo” el reglamento que permitirá a las empresas deducir sus gastos en innovación e investigación en 175%.

El Concytec fiscalizará el desarrollo de los proyectos, dijo su presidenta Gisella Orjeda.
El Concytec fiscalizará el desarrollo de los proyectos, dijo su presidenta Gisella Orjeda.

El Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec) calificará y autorizará los proyectos empresariales en materia de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica (I+D+I) que busquen acceder al beneficio tributario que ofrecerá el gobierno, y fiscalizará el avance técnico de tales iniciativas, señaló su presidenta Gisella Orjeda.

Adelantó que esas será una de las novedades del reglamento de la Ley N° 30309, Ley que promueve la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica, permitiendo a las empresas deducir sus gastos en estos rubros hasta en un 175%.

Dicho reglamento está siendo elaborado por técnicos del Concytec, del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), de la Sunat y del Ministerio de la Producción, y “tienen casi listo” ese documento, según Orjeda.

La Ley N° 30309 establece que las empresas que desarrollen directamente proyectos de investigación científica o mediante centros de investigación, desarrollo e innovación peruanos podrán deducir esos gastos en un 175% para el cálculo del Impuesto a la Renta. En caso de que las empresas recurran a un centro de investigación extranjero, el beneficio solo será de 150%.

Para ambos escenarios, los proponentes del reglamento han considerado que el Concytec debe guardar la debida confidencialidad de los proyectos que postulan a este beneficio.

Si el contribuyente desarrolla directamente el proyecto de I+D+I debe demostrar que cuenta con equipamiento, infraestructura, sistemas de información y bienes que sean necesarios para tal fin.

Además los investigadores o especialistas que formen parte del proyecto deberán tener el conocimiento necesario para realizarlo y encontrarse registrados en el Directorio Nacional de Investigadores e Innovadores (DINA).

Sobre los centros de investigación científica, estos también deberán obtener la autorización del Concytec para ofrecer sus servicios y formarán parte del Registro Nacional de Centros de Investigación y Desarrollo e Innovación (Renacyt). La lista de centros de investigación autorizados estará disponible para las empresas en la página web del Concytec.

Cabe resaltar que el reglamento precisará que si el proyecto I+D+I es financiado por algún fondo del Gobierno Central, no se exigirá el requisito de calificación y autorización a que se refiere la Ley. Por ejemplo, aquellos consorcios formados por la academia, la empresa y el Estado para formar Centros de Excelencia, estarán calificados para obtener el beneficio tributario.

Finalmente, el Concytec de manera periódica fiscalizará el desarrollo de los proyectos y emitirá un informe Sunat sobre el cumplimiento.

“Nosotros garantizaremos un adecuado y rápido proceso de calificación para las empresas, salvaguardando la calidad y confidencialidad del proyecto. Somos conscientes que debemos promover una mayor innovación y desarrollo científico y las empresas y Centros de Investigación son, para nosotros, las principales actores de la innovación y productividad del país”, puntualizó Orjeda.

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