Chile quiere que Perú pierda dominio marítimo sobre 200 millas para implementar fallo de La Haya

Aquí los tres puntos de la posición, luego de que las autoridades del país del sur pusieran diversas condiciones al Perú para implementar el veredicto de la Corte.

(Mapa: Gestión)
(Mapa: Gestión)

El punto final para Chile es un punto seguido. Las autoridades gubernamentales del país del sur no solo cuestionaron varias partes del fallo de Corte de La Haya, sino que pusieron condiciones para implementar el veredicto sobre el límite marítimo entre ambos países.

1. Piden que Perú modifique su Constitución
El presidente del Senado chileno, Jorge Pizarro, sugirió al Perú a cambiar su Constitución Política para implementar el fallo de La Haya, según reportó el diario El Mercurio de Chile. Esta posición es parte del proyecto que aprobó el Senado donde se anota la postura de Chile frente a la decisión del máximo fuero internacional.

“Es necesario que Chile y Perú acojan en su integridad los conceptos de la Convención del Derecho del Mar (Mar Territorial, Mar Contiguo y Zona Económica Exclusiva). Y esto lo decimos porque Perú tiene en su Constitución una legislación distinta que no tiene nada que ver con la Convemar. Si quieren aplicar el fallo, tienen que modificar su Constitución. Y eso no va a ser fácil”, explicó.

La Convemar señala que las primeras 12 millas se consideran “mar territorial”, donde se ejerce jurisdicción y soberanía. Y desde la milla 12 a la 200 solo es “zona económica exclusiva”, es decir, los extranjeros pueden transitar, sobrevolar y tender cables o tuberías submarinas, pero no extraer los recursos del mar. Chile forma parte de la Convemar, pero no el Perú, por lo que ejerce su dominio marítimo sobre las 200 millas.

La Constitución Política del Perú en su artículo 54 dice lo siguiente: “El dominio marítimo del Estado comprende el mar adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo, hasta la distancia de doscientas millas marinas medidas desde las líneas de base que establece la ley. En su dominio marítimo, el Estado ejerce soberanía y jurisdicción, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de acuerdo con la ley y con los tratados ratificados por el Estado”.

No obstante, el senador chileno Hernán Larraín puso tres condiciones para el Perú, entre ellas que “incorpore los conceptos del derecho del mar y, por lo tanto, distinga lo que es mar territorial de la zona económica exclusiva, porque los confunde”, informó el Diario Financiero de Chile.

2. Pretenden apoderarse del triángulo terrestre
No solo sugirieron una modificación de la Constitución peruana, sino que el Gobierno chileno quiere apoderarse del llamado triángulo terrestre, desconociendo el Tratado de 1929 que zanja la frontera territorial entre ambos países. (Vea aquí la respuesta de la canciller peruana)

El mandatario chileno, Sebastián Piñera, manifestó que el veredicto limítrofe en el mar “ratifica” su “dominio sobre el triángulo terrestre respectivo”. Y el mismo senador chileno Larraín pidió al Perú que “reconozca el Hito 1, como el punto de limite terrestre y marítimo que sella la frontera entre ambos países”.

Larraín también exhortó, como tercera condición, a “que no haya más temas limítrofes entre ambos países, cuestión que deberá ser declarada por ellos durante la aplicación de este fallo”. “Nosotros vamos exigir el cumplimiento del fallo junto a estas tres condiciones las que para nosotros son esenciales”, condicionó.

3. Critican las 80 millas del límite marítimo
Hoy las portadas de los diarios chilenos informaron sobre el rechazo a la delimitación marítima hasta las 80 millas, pues su posición ante la Corte de La Haya fue que se extienda hasta las 200 millas.

La Tercera de Chile hizo un recuento de las posiciones de los jueces de La Haya que cuestionaron la decisión final. Recordó que este punto de las 80 millas fue aprobado por 10 votos contra seis. Y resaltó el argumento del presidente de la Corte, Peter Tomka, quien fue uno de los críticos.

Esta fue la opinión de Tomka: “La decisión de la corte tendrá el efecto de cerrar la zona de tolerancia establecida por el Acuerdo de 1954 a una distancia de sólo 80 millas náuticas desde la costa, lo que parece ir en contra de la intención de las partes. No hay insuficiente evidencia para concluir que el límite marítimo acordado se extiende sólo a 80 millas náuticas”.

En base a esta interpretación, el Senado chileno calificó el fallo de arbitrario y carente de fundamento. Y su canciller Alfredo Moreno, quien asistió al Parlamento, dijo que “la Corte ha dado la razón a Chile en este punto sustantivo que motivó la demanda peruana, porque se logró comprobar la verdad de los hechos de que existió y existe un acuerdo de límite marítimo” entre ambos países.

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