CCL: "El sobreproteccionismo puede cerrar el mercado laboral a la mujer"

El gremio advirtió que los beneficios diferenciados pueden limitar el acceso y la permanencia del grupo “protegido” a los centros de trabajo, por lo que cuestionó dos leyes recientemente aprobadas por el Congreso.

<strong>Historia.</strong> En los últimos años se expedieron más de 15 leyes protectoras de la maternidad y la niñez (Foto: USI)
Historia. En los últimos años se expedieron más de 15 leyes protectoras de la maternidad y la niñez (Foto: USI)

La Cámara de Comercio de Lima) advirtió que mayores derechos o derechos diferenciados para las mujeres en la práctica pueden significar el cierre del mercado laboral

“El sobreproteccionismo, en ciertos casos con sesgo populista, puede resultar perjudicial para la mujer, limitando su acceso o permanencia en el centro de trabajo”, advirtió el gremio empresarial en su reporte semanal. En este sentido, calificó como proteccionistas dos leyes recientemente aprobadas por el Legislativo.

La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó el 16 de enero la ley que extiende en 30 días adicionales el descanso postnatal de la madre trabajadora, en caso de nacimiento de hijo con discapacidad.

Esta ley ha sido dispensada de segunda votación y la autógrafa se ha remitido al Presidente de la República para su promulgación.

Igualmente, aprobaron una ley que concede el derecho de licencia remunerada a trabajadores con familiares directos que se encuentren con enfermedad en estado terminal o sufran grave accidente.

Esta ley está pendiente de segunda votación, la licencia con goce de remuneración será de siete días y de ser necesarios se extenderá hasta 30 días a cuenta del descanso vacacional.

La CCL recordó que en los últimos años se expedieron más de 15 leyes protectoras de la maternidad y la niñez, que van desde el legítimo derecho al descanso pagado por maternidad y el permiso por lactancia como se aplica en la mayoría de países de Latinoamérica, hasta el descanso pagado por adopción, descanso pagado al padre durante 4 días hábiles, descanso adicional de 30 días por parto múltiple, entre otros.

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