Javier Parker Chávez
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Para la Oficina de Control Interno (OCI) del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) no existía una norma o disposición previa a la convocatoria al concurso de 17 consejeros económicos comerciales que establezca que estos cargos eran considerados de “confianza”.
Como se recuerda, el último día del año pasado se publicó una resolución del Mincetur del 27 de diciembre firmada por la ministra de Comercio Exterior y Turismo, Magali Silva, que designó a 17 consejeros comerciales de una nómina de 29 candidatos finalistas, pero no respetó el orden de méritos del concurso.
Ello motivó que dos de los candidatos que no fueron seleccionados pese a ocupar el primer y el noveno lugar en la nómina de los finalistas (María del Rosario Pajuelo y Pedro Guevara) presentaran un recurso de nulidad de la designación al Mincetur, sector que derivó dicho pedido a la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) para su resolución.
La OCI también constató que el Cuadro para Asignación de Personal de Promperú, aprobado por resolución suprema del Mincetur del 23 de diciembre del 2013, recién indicó que los cargos de consejero económico comercial son de “confianza”, es decir, acota que se hizo esta indicación con “fecha posterior a la conclusión del concurso y previo a la designación”.
El concurso público de selección de candidatos para consejeros económicos comerciales concluyó el 17 de diciembre del 2013 con la publicación de los “Resultados acumulados”, es decir, el cuadro de méritos de los finalistas; mientras que la designación se hizo el día 27.
De esta manera, la OCI se refiere a los antecedentes de uno de los temas más controvertidos de ese proceso, es decir, si el Mincetur debía respetar el orden de méritos del concurso público para designar a los consejeros comerciales o si de los 29 que habían aprobado el concurso podía “escoger” a los 17 bajo el argumento de ser un cargo de “confianza”.
Documentos
La OCI también se refiere al hecho de que el 18 de diciembre del año pasado se pidiera a los 29 candidatos que aprobaron el concurso que presentaran los documentos originales que sustenten sus hojas de vida, como condición para la designación, afirmando que de esta manera el Mincetur incluyó “una condición no prevista en el reglamento ni en las bases del concurso”.
Al término del plazo para el cumplimiento de dicho pedido (del 18 al 20 de diciembre del 2013), el Comité de Selección dejó constancia que un candidato no presentó información alguna y cinco de los 28 candidatos restantes solo cumplieron parcialmente con la presentación.
No concuerda
Sin embargo, la OCI recuerda un comunicado del Mincetur del 2 de enero del presente año en el que anuncia que 21 candidatos sustentaron sus hojas de vida, “lo que no concuerda con los resultados alcanzados al despacho ministerial en que se reporta que 23 candidatos cumplieron con la presentación de documentación original”.
Finalmente, la OCI del Mincetur afirma que habiendo admitido Servir el pedido de nulidad del proceso solicitado por los candidatos Pajuelo y Guevara, y al constituir el Tribunal de Servir la última instancia administrativa en temas como el acceso al servicio civil, la OCI solo ejercerá su control luego que ese tribunal resuelva los recursos de apelación.
OTRO SÍ DIGO
Consulta. Gestión solicitó opinión del Mincetur sobre el informe de la OCI, pero al cierre de esta edición no obtuvo respuesta. Servir respondió que tiene 3,300 casos por atender, aunque sin explicar por qué no ha resuelto este caso pese a que han pasado 10 meses desde que venció el plazo que tiene para resolver.
Proceso entrampado en Servir
El Tribunal de Servir ha excedido ampliamente el plazo que establece su propio reglamento para resolver los recursos de apelación presentados por María del Rosario Pajuelo y Pedro Guevara a la designación de consejeros comerciales.
El 31 de enero pasado el Tribunal declaró que se cumplían los requisitos para admitir la impugnación y el 18 de febrero los dos candidatos solicitaron a Servir que pida al Mincetur presente los documentos ofrecidos por los 29 candidatos a consejeros y no solo de los dos que impugnaron el proceso.
Sin embargo, recién el 5 de mayo el Tribunal de Servir solicitó al Mincetur el envío de los documentos requeridos por los dos candidatos.
Servir debía haber resuelto este caso en marzo pasado considerando que el reglamento de la institución establece que el procedimiento de resolución del recurso de apelación no debe exceder los 45 días hábiles desde el hecho por el que se interpuso el recurso de apelación.
Incluso, la OCI del Mincetur ha solicitado al Tribunal de Servir que le informe sobre la resolución de los recursos de apelación presentados.