Como parte de las acciones de interdicción relacionadas con la minería ilegal en el Perú,se ha detectado que la capacidad instalada para el almacenamiento de combustible en los establecimientos de venta en Madre de Dios es desproporcionado respecto al promedio nacional, siendo de aproximadamente 10 veces a 1.
Esto motivó al MEM a publicar un decreto supremo que suspende a partir de mañana (viernes) la atención de las solicitudes, ya sea de inscripción o modificación en el Registro de Hidrocarburos, que involucren el aumento de capacidad de almacenamiento de combustibles en la región de Madre de Dios.
La suspensión abarca también a la atención de solicitudes de Informes Técnicos Favorables (ITF), incluyendo en estas a las que se encuentran en trámite, referidas a los Establecimientos de Venta al Público de Combustibles en esta región.
La norma del MEM señala que también se detectó que en Madre de Dios, el consumo de combustible en los establecimientos de venta es superior en siete veces al promedio nacional, ya que dicho promedio está en 20 galones por cada 100 habitantes, pero en la región selvática ese consumo llega a 138 galones por cada 100 habitantes.
Para el MEM, esta situación puede tener una incidencia en el crecimiento de las actividades de la minería ilegal en dicha región. En ese sentido, consideró necesario dictar medidas extraordinarias para evitar que crezca este tipo de minería, la cual afecta directamente la salud de la población, la seguridad de las personas y el medioambiente.
Esta medida se enmarca en lo establecido en los decretos legislativos N° 1100 y N° 1103, con los que se regulan las acciones de interdicción relacionadas con la minería ilegal en todo el territorio peruano, así como las medidas de control y fiscalización en la distribución, transporte y comercialización de insumos químicos que pueden ser utilizados en la minería ilegal.