A partir del 1 de marzo del 2015 se prevé la implementación de las boletas virtuales de pago de trabajo, según un proyecto prepublicado en el portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Ello siempre que la empresa realice el íntegro del pago del trabajador a través del sistema financiero. Dicho pago se registrará en la planilla electrónica y se usará la boleta de pago online.
Procedimiento
La empresa debe previamente entregar al trabajador una constancia de inscripción en el T-Registro de la planilla electrónica y además informar que la boleta física será reemplazada por la representación virtual, la que será notificada a su dirección electrónica.
Asimismo, las boletas virtuales deben ser firmadas por el empleador digitalmente, de acuerdo con las normas sobre certificado digital.
Por último, los trabajadores que soliciten sus boletas virtuales recibirán un soporte físico con la firma ológrafa del empleador por el periodo que requieran dentro de las 72 horas de solicitadas. Alternativamente, los trabajadores también podrán solicitar al MTPE un reporte físico.
EL DATO
El reglamento de planillas D.S. N° 001-98-TR fija las características de las boletas de pago.