Las molestias y demoras que afrontan los afiliados de AFP para retirar sus fondos de pensiones al momento de jubilarse, o para destinarlos al pago de hipotecas, se reducirán con una resolución que hoy publica la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
En lo que atañe al uso del 25% del fondo para el pago de la cuota inicial en el financiamiento de la adquisición de una primera vivienda, o para el pago de una hipoteca vigente, se establece que el afiliado podrá acudir directamente al banco para solicitar el Reporte de Búsqueda de índices de la Sunarp.
Además, se fija un plazo de 15 días hábiles a la entidad financiera para que emita el “documento de preconformidad” que se entrega al afiliado para que pueda tramitar el requerimiento de fondos a la AFP.
Se redujo, asimismo, de 10 a 7 días hábiles, el plazo del que dispone la AFP para remitir el desembolso de los fondos a la entidad financiera, tanto para cuota inicial como para la amortización de una hipoteca vigente (tomada para la compra de un primer inmueble.
Mayor abanico
En cuanto a la disponibilidad de hasta el 95.5% de los fondos al momento en que el afiliado de AFP se jubila, el supervisor busca brindar a estas personas un mayor abanico de posibilidades para su protección en la vejez.
Se dará facilidad a los afiliados para que puedan decidir libremente si desean retirar sus fondos en “armadas”, al momento en que optan por acercarse a la AFP al jubilarse, sin limitación alguna respecto a definir previamente un número o plazo determinado.
El afiliado tendrá mayor tiempo para decidir por una mejor combinación de cómo proteger su vejez, en la medida que pueda efectuar retiros parciales, antes de decidir por un producto previsional o por el retiro del 95.5% de su fondo, dijo la SBS.