Milagros Sánchez Vargas
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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) emitió, recientemente, un proyecto que pretende implementar la boleta de pago electrónica en los centros de trabajo, pero este presenta algunas inconsistencias que podrían involucrar la transparencia de la información.
Percy Alache, jefe del área laboral de Lazo, Romaña & Gagliuffi Abogados, sentenció que dicho proyecto mejora la gestión y eficiencia de los procesos de pago al personal, y también fomenta la sistematización de la documentación que acredita el cumplimiento de dichas obligaciones laborales.
Para dicho procedimiento, la empresa deberá entregar al trabajador una constancia de inscripción en el T-Registro de la planilla electrónica, e informar que la boleta física será reemplazada por la electrónica, la que será notificada a su dirección electrónica.
Este último proceso (notificación por vía electrónica) es, principalmente, una de las falencias, según Alache, porque no detalla a qué correo se le notificará, es decir, al corporativo o alguna cuenta de Gmail, Hotmail o Yahoo.
“(La notificación) tendría que ser al corporativo, porque otras cuentas involucran la esfera íntima del trabajador, ya que el empleador no puede entrar ahí”, acotó.
Otra inconsistencia, señalada por el abogado, es que las formas de acreditación de las constancias de envío y lectura de dichos correos, no se han precisado, lo que no habría una forma de que el empleador se cerciore que la boleta de pago llegó al correo adecuadamente.
En efecto, la transparencia del traslado de información vía electrónica estaría en tela de juicio.
Requisitos para la boleta de pago electrónica:
Alache indicó que el íntegro de la remuneración deberá ser depositada mediante depósito en cuenta a través de las entidades financieras. Asimismo, deberá registrarse el monto depositado en el T-Registro de la planilla electrónica, así como el correo electrónico del trabajador donde se enviará la boleta de pago virtual.
En tanto, las boletas emitidas electrónicamente deberán ser remitidas a la Autoridad Administrativa de Trabajo. (Falta determinar el medio digital para cumplir con esta obligación).
Los trabajadores podrán solicitar un reporte físico de las boletas emitidas electrónicamente con firma ológrafa del empleador (pedido deberá ser atendido por el empleador dentro de las 72 horas de solicitado).
Cabe resaltar que la Sunafil brindará asesoría a las empresas para el correcto manejo de los procesos, ya que la boleta de pago electrónica será informada no solo al trabajador sino también al Ministerio de Trabajo.
EL DATO
Según Alache, un total de 36 millones de boletas de pago físicas son emitidas anualmente por el sector privado, mientras que en el sector público la cifra fue de 14 millones.
En tanto, otros sectores con pagos semanales, como construcción o pesca, emiten aproximadamente 9 millones de boletas de pago. Estas cifras involucran un total de 60 millones de boletas emitidas anualmente, donde el impacto de costos y ambiental sería significativo.