La supraespecialización, nueva exigencia en cuidado de la salud
En el campo de la cirugía estética y reconstructiva hay gran presencia de establecimientos especializados en el Perú, que ofrecen una amplia segmentación.
La relación entre el médico y el paciente es uno de los pilares de la atención en salud. En las circunstancias que estamos viviendo de un entorno cada vez más interconectado, lo que está generando profundos cambios en los estilos de vida y una despersonalización en las relaciones humanas, el vínculo médico-paciente requiere ser revalorado como garantía de una buena atención de salud.
Esta relación debe ser personalizada, cordial y de mutuo respeto, en un contexto en el que el objetivo es devolverle la salud a la persona doliente, aliviar su padecimiento y prevenir la enfermedad.
Esta interacción entre el médico y el paciente debe ser una relación interhumana, en la que participan elementos como la comunicación verbal y no verbal (actitud, expresión y movimientos corporales), además implica actitudes y expectativas (individuales y de la sociedad), y debe ser un trato interpersonal de mutuo respeto.
Una relación de mutuo respeto implica que se acepte o rechace intervenciones
o tratamientos, incluso los enfermos terminales tienen derecho a recibir tratamientos paliativos sin recurrir a tratamientos inútiles.
Cabe recordar que el Código de Ética y Deontología del Colegio Médico del Perú, regula en su Capítulo 3 la relació nmédico-paciente, el cual establece que “el médico debe relacionarse con el paciente en igualdad de condiciones respecto de su condición humana, en forma tal que supere el paternalismo tradicional, lo cual no implica que abdique de su competencia profesional”.
En el campo de la cirugía estética y reconstructiva hay gran presencia de establecimientos especializados en el Perú, que ofrecen una amplia segmentación.
El sector ilícito incluye productos de contrabando, falsificados o adulterados, pese a los controles de la autoridad sanitaria, Digemid.
En lo que va del año se han abierto más establecimientos privados que públicos, según el Centro de Investigación Empresarial (CIE).
“Estas tres empresas mantienen una intensa competencia entre ellas y ofrecen una importante variedad de productos, con una gama cada vez más amplia y con novedosas presentaciones en cada caso”, señala un informe de Class & Asociados.
El plazo de prescripción para las deudas entre privados (hacia empresas o personas) es distinto al plazo de exigencia de las deudas tributarias ante la Sunat, explicó el estudio Lazo, De Romaña & Gagliuffi Abogados.
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