Sancionarán a las empresas que realicen llamadas no deseadas
La acción forma parte del registro “Gracias… no insista”, impulsado por el Indecopi.
Las empresas de diversos rubros que realicen llamadas telefónicas, envíen mensajes de texto o correos electrónicos promocionales a usuarios que no desean recibir estos servicios, podrán recibir una sanción de hasta 300 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a un millón 65,000 soles, informó el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
Esto en el marco del registro “Gracias…no insista”, lanzado hoy, el cual prohíbe la promoción de productos o servicios en teléfonos fijos, celulares o correos electrónicos a los consumidores inscritos.
Según la Ley de Protección al Consumidor, las empresas que empleen call centers, sistemas de llamadas, de envío de mensajes de texto al celular o a correos electrónicos masivos, así como aquellas que presten servicios de telemercadeo para promover productos y servicios, deben excluir de sus destinatarios todos los números y direcciones inscritos en el mencionado registro.
“El servicio es completamente gratuito y funcionará a nivel nacional pues el objetivo es que se respeten los derechos de los consumidores que no desean recibir promociones no solicitadas”, sostuvo el presidente del Indecopi, Jaime Thorne, en declaraciones difundidas por la agencia Andina.
De acuerdo con esta herramienta, se pueden registrar cinco números de teléfono (tanto fijos como celulares) y direcciones de correo electrónico. La inscripción es válida por dos años y puede renovarse de manera gratuita. Además, las personas podrán retirarse de la lista en cualquier momento.
El secretario técnico de la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi, Edwin Aldana, precisó que en el país existen tres millones de líneas fijas, más de 21 millones de teléfonos celulares, 16 millones de mensajes de texto (SMS y MMS) y más de 2,900 millones de mensajes de correo electrónico.
“Una de las ventajas de este registro es que impedirá que se asocie el número telefónico y/o dirección con cualquier otro dato personal del consumidor”, dijo.
Adelantó que en los casos donde el usuario hubiera otorgado consentimiento para recibir llamadas promocionales, el registro y sus normas no tendrán efecto.
“Asimismo, si el consumidor efectúa una consulta sobre un producto o servicio a una empresa, entonces esta última puede llamarlo por un período de tres meses como máximo para darle la información requerida y otras promocionales adicionales”, indicó.
Anotó que el registro “Gracias…no insista” entrará en vigencia a partir del 16 se setiembre próximo, plazo en el cual las empresas han debido adquirir las bases de datos correspondientes, las que serán gratuitas hasta la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Indecopi.
Los interesados pueden registrarse a través de la página web del Indecopi, donde deberán ingresar al enlace “Gracias….no insista” y llenar el formulario respectivo. Además, pueden hacerlo personalmente a través del Servicio de Atención al Ciudadano (SAC) de la entidad.
Por su parte, los consumidores que sigan recibiendo llamadas o mensajes, pese a estar inscritos, tendrán como instancias de reclamo al Servicio de Atención al Ciudadano (a través de la conciliación) y a la Comisión de Protección al Consumidor, mediante los procedimientos administrativos que van desde la imposición de amonestaciones hasta 300 UIT, según el caso.
Además, el Indecopi puede aplicar medidas correctivas que tienen como finalidad revertir los efectos que la conducta infractora hubiera generado al consumidor.