Sunafil programó 3,000 inspecciones laborales a emporios comerciales hasta fin de año

Si se constata que hay riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores, el inspector inmediatamente ordenará la paralización de actividades.

Por: Redacción Gestion.pe

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó que hasta fin de año se han programado efectuar 2,300 inspecciones sobre formalización laboral y 700 fiscalizaciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) en los principales emporios comerciales de Lima.

Mediante un comunicado, indicó que hoy martes 27 y mañana miércoles 28, un grupo de 70 inspectores realizarán 300 actividades de orientación en SST, trabajo infantil y trabajo forzoso; y 54 fiscalizaciones en materia de SST, en distintos emporios comerciales de la capital.

“En la intervención de hoy se verificó, principalmente, las condiciones de seguridad de las distintas galerías, prevención y protección contra incendios, trabajo forzoso y trabajo infantil”, mencionó.

La Sunafil mencionó que si se constata que hay riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores, el inspector inmediatamente ordenará la paralización y emitirá el acta correspondiente conforme a los requisitos y procedimientos previstos.

Dichas órdenes de paralización o prohibición serán inmediatamente ejecutadas por parte del empleador inspeccionado.

Recordó que están tipificadas como infracciones graves la falta de orden y limpieza del centro de trabajo que implique riesgos para la integridad física y salud de los trabajadores.

También figuran no dar cuenta a la autoridad competente, conforme a lo establecido en las normas de SST, de los accidentes de trabajo mortales e incidentes peligrosos ocurridos; no comunicar los demás accidentes de trabajo al centro asistencial donde el trabajador accidentado es atendido; o no llevar a cabo la investigación.

Además son faltas graves: no llevar a cabo la evaluación de riesgos y los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de las actividades de los trabajadores o no realizar aquellas actividades de prevención que sean necesarias.

Asimismo, la ausencia de reconocimientos médicos y pruebas de vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores o no comunicar a los trabajadores afectados el resultado de las mismas.

“El incumplimiento de las obligaciones de implementar y mantener actualizados los registros o disponer de la documentación que exigen las disposiciones de SST, también están catalogados como faltas graves”, dijo la Sunafil.

También son pasibles de sanción aquellos empleadores que incumplan la planificación de acciones preventivas de riesgos y la falta de planes o programas de seguridad y salud en el trabajo.