Gerentes irán a la cárcel cuando no cumplan Ley de Seguridad en el Trabajo intencionalmente
Ejecutivo dispondrá medidas de flexibilización, como la reducción de exámenes médicos por trabajador y la posibilidad de contratar empresas especializadas, entre otras.
Por: Redacción Gestion.pe
Miguel Alonso Juape
miguel.juape@diariogestion.com.pe
Gestión tuvo acceso a la propuesta de modificación de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (LSST), que habría sido aprobada casi sin variaciones en el Consejo de Ministros la semana pasada y que se publicaría en breve.
El proyecto establece que solo tendrá pena de cárcel (de uno a cuatro años) el gerente que intencionalmente ponga en peligro inminente, y como consecuencia directa de su acción, la vida del trabajador y que se haya podido prever por incumplimiento de disposiciones de la LSST.
También se diferencian las penas. En caso de lesiones graves o de muerte del trabajador o terceros, de 4 a 8 años; en el caso de lesión grave, la sanción será de 3 a 6 años.
Exámenes médicos
Se reduce la contratación de exámenes médicos a trabajadores hoy se realizan al ingreso, durante la relación y al cese estableciendo que las empresas solo estarán obligadas a realizarlos al ingreso y cada dos años.
Respecto a los exámenes de salida, el proyecto establece que serán facultativos. Es decir, a solicitud del trabajador o el empleador, pero la empresa siempre asumirá ese costo si se realizaran. De este modo, el número de exámenes de un trabajador dependerá de la duración de su contrato con la empresa, la rotación del personal determinará la cantidad de exámenes.
Ello en razón de que los trabajadores, en su mayoría, cuentan con un seguro de salud, con lo cual la obligación de llevar a cabo tres exámenes médicos por trabajador que labora un año duplica la provisión de salud en cada uno de ellos.
Especialistas
Otro de los cambios es que se posibilitaría la contratación de empresas especializadas a cargo de la gestión, implementación, monitoreo y cumplimiento de las normas de seguridad ocupacional, sin perjuicio del liderazgo y responsabilidad que la ley otorga a los empleadores.
Ello, considerando que, en general, las empresas no son especialistas en la LSST como para cumplir con el desarrollo, aplicación y la rendición de cuentas sobre el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, y les resultaría difícil cumplirla, teniendo que incorporar dentro de sus planillas a personal especializado para esas funciones.
Permitiendo la contratación de empresas especializadas se aumentaría la protección efectiva del trabajador y se reducirían los márgenes de error en la implementación y cumplimiento de la ley.
El proyecto de ley busca lograr niveles efectivos de cumplimiento, pero con otra distribución de gastos, reduciendo costos en las empresas, aseguraron las fuentes.
ENTREVISTA
Ricardo Gandolfo Cortés
Experto en contrataciones con el Estado
“La ley de contrataciones permite ofertas ruinosas”
El Gobierno anunció que además de las modificaciones de tipo laboral y tributario, también se establecerían otras respecto a las contrataciones que hace el Estado, al ser el principal comprador del país.
¿Cuáles son los cambios que debería tener la Ley General de Contrataciones?
La más importante es la que se refiere al valor referencial, es decir, el presupuesto con el que cuenta una entidad para comprar un bien, ejecutar una obra u otro, y que suele ser insuficiente para la elaboración de estudios, proyectos y otros.
¿Qué ocurre en la práctica?
Las entidades no calculan adecuadamente esos valores referenciales, y como consecuencia se presentan estudios que priorizan su menor costo en perjuicio de su calidad, dando pie a las ofertas ruinosas.
¿La ley permite ese tipo de ofertas?
Sí, el postor sabe que no cumplirá con la obra o servicio, pero al ofrecer el menor costo, cobra el primer pago y luego desaparece.
¿Cuál es la salida?
Poner precios referenciales justos. Lo ideal es que si se realizan especificaciones técnicas precisas (autos, papel y similares) no interesa el precio. Pero en el caso de un estudio técnico, el Estado debe buscar al mejor con el presupuesto y no contratar al más barato sino, primero, por el mérito.
¿Existen problemas en la evaluación de las propuestas?
Sí, no se califica el plan de trabajo, la metodología, identificación de riesgo y otros, que incorrectamente se consideran criterios subjetivos, ocasionando que se trate de una simple revisión sin análisis de contenido.
Faltan incentivos económicos
Rut Ballesteros, experta internacional
Se debería fijar que las obligaciones y su frecuencia (auditoría anual) se realicen en función al tipo del riesgo de cada sector o actividad que desarrolla la empresa (servicios, construcción, minería y otros), ya que no todas las empresas deben estar obligadas a lo mismo.
Y considerar el tamaño de la empresa: se debe diferenciar obligaciones para la micro y pequeña, mediana y gran empresa. Se debe superar el cumplimiento formal y crear una real cultura preventiva, establecer programas de bonificaciones tributarias o de seguridad social, por el cumplimiento de la seguridad y otros.
La empresa tiene un ánimo de lucro, por lo que todo beneficio que le aporte valor o continuidad al negocio hará que el empleador apueste por ella, si la ley es rentable la empresa la adoptará.