El duro camino a la flexibilización laboral en Perú
Gestión 25 años. La década de los 90 fue un masivo desfile de normas laborales que generan buenos y malos recuerdos a los peruanos y luego de 25 años uno se pregunta: ¿el Perú tiene una legislación flexible o rígida?.
Por Favoractualice a un navegador mas moderno.
Por: Redacción Gestion.pe
El tema laboral nunca estuvo ajeno a las páginas de Gestión, y desde la aparición del diario se dio cobertura a las principales normas laborales que dieron forma al actual marco legal que tiene el Perú.
La década de los 90 se caracterizó por un “desfile” de normas que modificaron el marco legal laboral del Perú que fueron dictados por el gobierno del expresidente Alberto Fujimori, las cuales generan recuerdos positivos y negativos entre los peruanos.
Es así que el 23 de julio de 1991 se promulgó el Decreto Legislativo Nº 650 que reformó el régimen de la compensación por tiempo de servicios o CTS, estableciendo la obligación del empleador de efectuar los correspondientes depósitos en entidades financieras de manera semestral.
Luego el 25 de setiembre de 1991 se publicó una de las normas que marcó más relevancia en el país y es el Decreto Legislativo Nº 674 que comienza la privatización de las empresas del Estado, y con ello se produce el despido masivo de trabajadores.
“En aquella época existía una protección bastante fuerte contra el despido arbitrario y este fue el aspecto, a mi parecer, más sustancial que cambia el gobierno de Fujimori porque flexibiliza mucho la protección contra el despido”, señala Juan Carlos Benavente, socio y encargado del Área Laboral de Torres y Torres Lara Abogados.
A raíz de esos cambios, continua Benavente, se genera una corriente de protección “relativa” contra el despido.
Por su parte, Verónica Perea, asociada senior del Estudio Barrios & Fuentes Abogados (Bafur), indicó que la Constitución Política de 1993 establecía dicha estabilidad laboral relativa.
“Esta estabilidad laboral relativa ha evolucionado y ha dado un giro enorme. Antes del año 2002, teníamos que un trabajador podía ser despedido sin expresión de causa, bajo el pago de una indemnización por despido arbitrario y eso se encontraba en el marco de la legalidad”, recordó.
Pero a inicios del año 2002, luego de haberse verificado lo irregular de los ceses colectivos, se dispuso la restitución de muchos de los trabajadores cesados irregularmente y, en otro caso, la compensación económica correspondiente a los trabajadores afectados.
“A partir del año 2002 y bajo un fallo histórico del Tribunal Constitucional esta situación cambia y tenemos que a partir de ese año, el pago de la indemnización no es suficiente y el trabajador podía optar por una reposición. El despido siempre tenía que ser con una causa”, enfatizó.
Otras normas importantes que se dieron en la década de los 90 establecieron la reducción de la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa, se reorganizó el seguro de vida que beneficiaba solo a los empleados, y se le extendió también a los obreros.
Asimismo, se dieron normas para ampliar los porcentajes para la contratación de extranjeros, para poder variar unilateralmente los horarios de trabajo y consolidar la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
Pero con todos estos cambios ¿es rígida la legislación peruana?
Para Cynthia Cuba, Directora de Tax & Legal de KPMG en Perú, hablar de rigidez laboral en el Perú depende del aspecto que se enfoque, pero opinó que el país no tiene una legislación “demasiado rígida”.
“Existen ciertos beneficios laborales a trabajadores que no se pueden encontrar en otros países, como la cantidad de días de vacaciones que tenemos y en otras legislaciones probablemente el trabajador ingresa a trabajar no con la misma cantidad de días de vacaciones que tiene un trabajador local pero que se van adquiriendo con el tiempo”, aseveró.
Asimismo, indicó que el Perú, al igual que otros países de la región, se inspiran por las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).