Corte en España sentencia que es discriminatorio el obligar a trabajadoras a llevar tacos

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló una sanción impuesta a una trabajadora, guía de Patrimonio Nacional, que se negó a ponerse zapatos de tacón, tal y como se le exigía.

¿El uso de tacones altos es innecesario?

Por: Redacción Gestion.pe

Obligar a las trabajadoras a llevar zapatos de tacón es discriminatorio. Así lo determina una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La empleada alegó que su uniforme de trabajo era “inapropiado para su dignidad y sexista”.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado la sanción de seis meses de suspensión de empleo y sueldo impuesta a una trabajadora, guía de Patrimonio Nacional, que se negó a ponerse el uniforme y usar zapatos de tacón, tal y como se le exigía.

La trabajadora, que nunca llegó a usar el uniforme, alegó que la ropa resultaba “inapropiada para su dignidad”, calificándola de “sexista”, y puso de manifiesto que las blusas eran “excesivamente transparentes” y el tacón alto no era “apropiado para su categoría profesional de guía”.

La cuestión de la camisa no se llegó a aclarar, pero la obligatoriedad de llevar tacones mientras que los hombres pueden llevar zapato plano, y teniendo en cuenta que ambos sexos realizan las mismas funciones, es vista por el tribunal como “un componente de distinción vinculado al sexo de las trabajadoras” que, al resultar obligatorio para ellas, “supone una actitud empresarial que no resulta objetivamente justificada y por ello discriminatoria”.

La sentencia explica que el uso de tacones altos “es innecesario y no solo no aporta ningún beneficio ni ventaja, sino que, por el contrario, puede perjudicar la salud de las trabajadoras, dado que si les resultan incómodos, eso puede traducirse en cansancio, cuando llevan varias horas de pie, y en lesiones”, pudiendo llegar a “repercutir en su rendimiento y en la atención al público”.

No obstante, el tribunal matiza que esto “no significa que no se considere totalmente digno el uso de zapatos de tacón por parte de aquellas trabajadoras que puedan encontrarse cómodas con él”, sino que “lo determinante en este caso es que la empresa dé la opción de usar zapatos de iguales características que los de los uniformes de los varones y no imponga a las trabajadoras por razón de género uniformes que puedan resultar inadecuados”.

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