¿Es conveniente el cambio de la CTS por un seguro de desempleo?
Luis Miguel Almendariz, abogado y asociado principal del Estudio Echecopar, señala las diferencias entre la CTS y el seguro de desempleo propuesto por este gobierno.
Por Favoractualice a un navegador mas moderno.
Por: Redacción Gestion.pe
El seguro de desempleo propuesto por el nuevo gobierno, consiste en un aporte del empleador de aproximadamente 2.5% de la remuneración que perciben sus trabajadores a una compañía aseguradora privada. La diferencia con un sistema de seguridad social tradicional, es que el seguro de desempleo no sería administrado por el Estado, sino por la compañía de seguros que ofrezca las mejores condiciones al usuario.
En este sentido, Luis Miguel Almendariz, abogado Asociado Principal del Estudio Echecopar, señala que el seguro de desempleo, a diferencia de la CTS, brinda un beneficio menor para los trabajadores, ya que al cese de su contrato recibirían, en muchos casos, un monto menor al acumulado en la CTS.
“El beneficio de la CTS consiste en que se deposite aproximadamente la mitad de la remuneración dos veces al año en una cuenta bancaria a nombre del trabajador, permitiéndole obtener al cese de la relación laboral por lo menos un total de cuatro remuneraciones (ya que el excedente es de libre disponibilidad). Mientras que el seguro del desempleo cubriría, en principio, solamente tres meses como máximo de desempleo, pagándole al ex trabajador el 80% de su última remuneración”, señala Almendariz Rodríguez.
Sin embargo, por el lado de las empresas el seguro de desempleo sería menos costoso para el empleador, ya que la CTS representa aproximadamente el 9.72% del sueldo del trabajador.
Además, este beneficio sólo alcanzaría a los trabajadores formales, por lo que el actual gobierno debe buscar flexibilizar el tema laboral, brindando un beneficio atractivo para que los trabajadores informales dejen de serlo.
“Tradicionalmente se ha visto esto como la reducción de costos laborales únicamente, pero habría que ver otro tipo de mecanismos, como por ejemplo una amnistía para aquellos empleadores que se acojan a la formalización, que permita que se incorpore a la formalidad esta gran masa que representa el 70% de la PEA”, indica.