SPDA: ¿Han sido efectivas las medidas y sanciones impuestas a Petroperú por derrames?
La Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) hizo un análisis de las medidas que está tomando la empresa para evitar que esto siga sucediendo pero también de las medidas que están tomando las autoridades.
Por: Redacción Gestion.pe
A finales de junio del 2016 se produjo un nuevo derrame de petróleo del Oleoducto Norperuano de Petroperú y fue el tercero que ocurre desde el 2014, lo cual provocó la salida del presidente de la petrolera estatal.
Al respecto, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) hizo un análisis de las medidas que está tomando la empresa para evitar que esto siga sucediendo pero también de las medidas que están tomando las autoridades.
En ese sentido, la organización se pregunta si ¿ha sido suficiente?, lo realizado por las entidades estatales, específicamente el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA).
1. Derrame en Cuninico de Loreto el 30 de junio del 2014
En este incidente se registraron 2,358 barriles derramados, lo que equivale a 99,036 galones, que afectaron a 87,000 m2 aproximadamente.
Luego del derrame ocurrido en el kilómetro 41 833 del Tramo I del Oleoducto Norperuano, en la localidad de Cuninico en Loreto, el OEFA inició un procedimiento administrativo sancionador (PAS), declarando la responsabilidad administrativa de Petroperú por incumplir su Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA).
Por ello, el OEFA ordenó como medida correctiva a Petroperú que cumpla con acreditar el cumplimiento del cronograma de actividades de su Plan de Acción de remediación, así como establecer canales de comunicación con las comunidades nativas de la zona de influencia directa e indirecta.
Pero Petroperú no cumplió con esta medida correctiva y por eso, el pasado 24 de junio de 2016, el OEFA sancionó a Petroperú con una multa ascendente a 2,578.30 UIT, equivalente a S/ 10’184,285.
La SPDA indicó que la imposición de esta multa no libera a Petroperú de la responsabilidad de cumplir con la remediación de las zonas afectadas por el derrame, a lo que se suma que OEFA ha reanudado el procedimiento administrativo sancionador por ese derrame.
“El caso de Cuninico muestra que más de dos años después de ocurrido el derrame, la medida correctiva dictada por OEFA no ha sido ejecutada por la empresa. La consecuencia es el retraso en la remediación ambiental en la zona y mayor carga administrativa al OEFA que debe reanudar un PAS que había sido resuelto en el año 2014”, dijo la SPDA.
2. Derrame Imaza y Morona en Loreto enero y febrero del 2016
Luego de dos supervisiones especializadas, el OEFA dictó una medida preventiva mediante las que ordenaba a Petroperú realizar el mantenimiento efectivo, inmediato e integral respecto de aquellas secciones del ducto que no han sufrido un deterioro severo o significativo; reemplazar las secciones del ducto que han sufrido un deterioro severo o significativo; y elaborar y presentar un proyecto de actualización de su Instrumento de Gestión Ambiental ante el Ministerio de Energía y Minas (MEM).
El 23 de mayo del 2016, OEFA declaró la responsabilidad administrativa de Petroperú por incumplir los dos primeros puntos de la medida preventiva (mantenimiento de las secciones del ducto que no sufrieron daño severo y reemplazo de las secciones deterioradas significativamente).
El 25 de febrero de 2016, el OEFA ordenó una medida cautelar contra Petroperú cuyo plazo de cumplimiento venció el 29 de mayo de 2016 y Petroperú no cumplió.
En respuesta, OEFA ha iniciado un Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) contra Petroperú. La multa a imponer por este tipo de incumplimiento podría ascender hasta las 100 UIT, es decir S/. 395,000.
Además, OEFA inició un PAS en marzo de 2016 por los derrames ocurridos y la multa a imponer por este tipo de incumplimiento podría ascender hasta las 20,000 UIT, equivalente a S/ 79 millones aproximadamente.
3. Derrame en Barranca del 24 de junio del 2016
En este caso, los barriles derramados sumaron 600 y el área impactada por el derrame llegó a 16,000 m2 aproximadamente
El tercer caso, producido en el kilómetro 213 320 del Oleoducto Norperuano en el distrito de Barranca, provincia del Datem del Marañón (Loreto), se produjo como resultado de una falla en una parte del ducto ubicado a una profundidad de 2.2 metros aproximadamente en terreno seco y arcilloso.
En las acciones de supervisión, el OEFA ha verificado que existen indicios de que Petroperú bombeó hidrocarburo a través del oleoducto.
En este caso, Petroperú habría activado su Plan de Contingencia, realizando trabajos de limpieza y remediación en la zona afectada, colocando barreras de contención y paños absorbentes.