Ley del Teletrabajo: Comex espera que reglamento evite trabas y restricciones a su aplicación
El gremio empresarial advierte que la propuesta de reglamento “peca de contradictorio y rayaría en la inaplicabilidad”.
Por: Redacción Gestion.pe
Si realmente el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) quiere consolidar un régimen laboral más flexible, el reglamento de la Ley que regula el teletrabajo debe evitar impones más trabas y restricciones, de manera que se incentive a los empleadores a adoptar esta nueva modalidad, señaló hoy la Sociedad de Comercio Exterior del Perú (ComexPerú).
“Un simple acuerdo entre dos partes no tendría que ir de la mano con mayor regulación y fiscalización, sino todo lo contrario”, indicó el gremio, el cual consideró que la propuesta de reglamento “peca de contradictorio y rayaría en la inaplicabilidad”.
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La Ley N° 30036 regula el teletrabajo como una modalidad alternativa de prestación de servicios caracterizada por la utilización de tecnologías de la información y telecomunicaciones, y según el titular del MTPE, Daniel Maurate, espera que la puesta en marcha de esta nueva modalidad de empleo flexibilice el mercado laboral.
“Sin embargo, la norma, lejos de facilitar y promover la creación de nuevos puestos de trabajo, impone aún más restricciones a un sistema laboral ya de por sí bastante rígido”, anotó Comex.
Añadió que la ley contempla que los empleadores tendrían la obligación de compensar a los teletrabajadores por los gastos totales en los que estos últimos incurren al aportar sus propios equipos o demás herramientas de trabajo.
Explicó que la propuesta de reglamento no especifica cuáles serían estos gastos, con lo que da a entender “que el empleador deberá pagar no solo por el uso de las computadoras, sino también por las hojas y la tinta utilizada para imprimir, o inclusive por el consumo de energía eléctrica que el trabajador requiera para poder llevar a cabo sus responsabilidades laborales”.
“Así, el problema radica en lo difícil y absurdo que resultaría medir estos gastos de forma adecuada, lo que desincentivaría al empleador de adoptar esta modalidad de trabajo”, adviritó.
Asimismo, señaló que la situación se vuelve aún más compleja si se tiene en cuenta que esta nueva modalidad queda circunscrita bajo la Ley General del Trabajo, lo que otorga a los teletrabajadores los mismos derechos y beneficios que los empleados que prestan sus servicios bajo la modalidad convencional, por lo que se debe asegurar que las normas de seguridad y salud en el trabajo se apliquen.
“Esto resultaría casi imposible, pues al ser realizado el trabajo desde el domicilio, los empleadores no pueden asegurar la seguridad y salubridad del ambiente laboral. Sería irracional pedirles que verifiquen estas condiciones para los hogares de cada uno de los trabajadores”, mencionó ComexPerú.
También precisa que en lugar de facilitarle las condiciones de trabajo al empleado, el reglamento le estaría imponiendo restricciones, pues no podría cumplir sus obligaciones laborales fuera del lugar establecido en el contrato, es decir, su hogar.