Lora: Si una entidad pública se disuelve, sus empleados podrían quedarse “en la calle”
El laboralista advirtió que la Ley de Servicio Civil no contempla indemnizaciones en caso desaparezca una institución estatal, pero -acotó-puede incluirse en el reglamento.
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Por: Guillermo Westreicher H
Si bien las principales críticas a la Ley de Servicio Civi hacen referencia a la negociación colectiva, para el abogado laboralista Germán Lora existe otro punto más preocupante: La norma no contempla indemnización para los empleados de una entidad pública que desaparezca.
“Si el Estado desactiva un programa como el Pronaa o el Inabif se van todos a la calle. Ese es un tema que yo hubiera observado”, advirtió.
No obstante, acotó que en el reglamento puede subsanarse ese problema, incluyendo reparaciones similares a las del sector privado.
El especialista destacó que, pese a la observación anterior, el nuevo régimen es atractivo principalmente para los” trabajadores CAS”:http://gestion.pe/noticias-de-cas-230?href=nota_tag que no figuran en planilla. “Cuando termine su período no serán contratados por CAS, sino por la nueva ley y eso es válido porque van a tener una relación laboral con el Estado”, resaltó.
Por otro lado, remarcó, un trabajador del régimen 276 recibe como gratificación 300 soles, pero en el nuevo sistema recibirá su sueldo, es decir, entre 3 mil y 4 mil soles, y además no será manejado por el empleador sino depositado en un banco.
¿El Congreso?
Respecto a la posibilidad que el Congreso sea incluido en la Ley Servir, refirió que los legisladores son funcionarios de confianza elegidos por el pueblo, y por ello su vínculo laboral con el Estado es distinto. Pero aclaró eso no implica que no deban rendir cuentas.
“Hay otras fórmulas de ver la capacidad de los congresistas. Estoy totalmente de acuerdo con los trabajadores que dicen que hay que presionar a los congresistas. Pero existen otros mecanismos como la revocatoria”, anotó.