Ley de Inocuidad Alimentaria de EE.UU.: Lo que exige a los exportadores peruanos
El 18 de setiembre entró en vigor la nueva Ley de Inocuidad Alimentaria (FSMA) en Estados Unidos, que impone a la comunidad exportadora acondicionarse a las nuevas regulaciones del sistema, señala el boletín Inteligencia de Mercado: EE.UU., del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur).
Por: Redacción Gestion.pe
Las regulaciones de la nueva Ley de Inocuidad Alimentaria (FSMA) podrían ser un contratiempo contra las exportaciones peruanas a Estados Unidos si no se toman las medidas de prevención adecuadas, informa el Mincetur.
Actualmente, el mercado estadounidense concentra alrededor del 31% de las exportaciones peruanas agropecuarias, y es el primer destino de estos productos, por lo cual es importante estar preparados para que estas regulaciones no tengan un efecto negativo en las exportaciones.
La FSMA presenta normas que deberán ser acatadas, éstas incluyen los siguientes procesos: – Control de prevención para alimentos de consumo humano, seguridad en la producción. – Protección de alimentos contra adulteración intencional, control de prevenciones para alimentos de consumo animal. – Supervisión de proveedores extranjeros – Acreditación realizada por un tercero y seguridad sanitaria en el transporte de alimentos.
Es decir, toda la cadena exportadora va a ser evaluada y regularizada para poder mantener la relación comercial con las empresas en Estados Unidos.
Con la ley FSMA hay un nuevo procedimiento para el registro de las empresas relacionadas a la producción o logística de alimentos, las cuales deben registrarse o renovar su registro en la Food and Drug Administration (FDA) cada dos años, entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre en los años pares.
En ésta se solicitará información como el nombre, dirección, teléfono y contacto de emergencia del establecimiento; el nombre y datos de la empresa propietaria; nombre y datos del propietario de la empresa, y datos del agente representante en Estados Unidos en el caso de establecimientos extranjeros.
En la parte técnica se debe especificar la categoría de alimentos con la cual la empresa trabaje.
Finalmente, se debe dar garantía de que la FDA podrá inspeccionar el establecimiento cuando lo requiera.
Si bien esta ley fue firmada por el presidente de los Estados Unidos, Barak Obama, en octubre del 2011, diferentes instituciones del estado peruano, como es el caso de las oficinas comerciales (Ocex) del Perú en Estados Unidos, han venido trabajando e informando a las empresas peruanas de la necesidad de tomar las medidas necesarias para garantizarse estar en regla con esta normativa.
Es por ello que, ante la fecha límite fijada por la FDA para realizar el registro correspondiente, resulta de vital importancia para las exportaciones peruanas a este mercado que todas las empresas peruanas que operen en Estados Unidos se aseguren de cumplir con los requisitos establecidos.
En caso contrario, esto podría tener un impacto negativo en las exportaciones de productos como la palta, los espárragos, el café o la quinua, entre otros.
El Mincetur señaló que hay que tomar las medidas adecuadas para estar preparado en cuento a todos los requisitos necesarios para un proceso fácil y eficaz.
Para facilitar el proceso es necesario estar capacitado e informado de las normas que la nueva ley FSMA impone, de tal manera que las exportaciones peruanas puedan adoptar estas regulaciones de manera exitosa.