Hoy se suscribió primer contrato de alquiler con nueva Ley de Arrendamiento

Decreto Legislativo Nº 1177 otorga seguridad jurídica a propietarios de inmuebles ante falta de pago. Contrato de alquiler irá a un registro, el cual permitirá a inquilinos crear un récord de cumplimiento para acceder al sistema financiero.

(Foto: MVCS)

Por: Redacción Gestion.pe

Hoy se suscribió el primer contrato de alquiler en el marco de la nueva Ley de Arrendamiento, reglamentada por el Gobierno el pasado 3 de noviembre de este año, que otorga mayores seguridades a los propietarios, informó el ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), Francisco Dumler Cuya.

El primer contrato de arrendamiento puro, en el marco del Régimen de Promoción del Arrendamiento para Vivienda (Decreto Legislativo Nº 1177), se suscribió en una vivienda en el distrito del Cercado de Lima entre Ezequiel Ramírez, quien arrendó una parte de su inmueble a Carlos Cerna.

Se celebró a través de un contrato y haciendo uso del Formulario Único de Arrendamiento (FUA). Los formularios fueron suscritos ante Notario Público y una copia certificada servirá para su registro en el Registro Administrativo de Arrendamiento para Vivienda (RAV) y en el Registro de Precios de SUNARP.

Este registro podrá ser utilizado para evaluar la capacidad de ahorro de los arrendatarios por parte del sistema financiero y de la Sunat, así como el otorgamiento de beneficios en programas de vivienda del Estado.

El MVCS publicó el DL Nº 1177 y su reglamento con el objetivo de abrir el abanico de opciones para la adquisición de vivienda en el país. Esta norma desarrolla tres nuevas modalidades para el sueño de la casa propia: arrendamiento de vivienda, alquiler-venta y leasing inmobiliario.

Dumler afirmó que el sistema de arrendamiento otorga seguridad jurídica a quienes alquilan su vivienda y, en ese sentido, tiene “un gran techo” de crecimiento en nuestro país.

Tras participar en el primer contrato de arrendamiento precisó que esta nueva modalidad establece que ambas partes (arrendador y arrendatario) señalan que no recurrirán al Poder Judicial si existe un diferendo.

El titular del MVCS sostuvo que anteriormente, ante alguna diferencia entre el que dueño y el inquilino, este caso llegaba al Poder Judicial y pasaban años, antes que el arrendatario abandone el inmueble.

“El nuevo sistema de arrendamiento permite a las personas, sobre todo a los arrendatarios, capitalizar y dar seguridad a sus inversiones y, de hecho, si el arrendador no cumple con las cláusulas que se estipulan en el reglamento finalmente lo que sucede es que con el uso de la fuerza pública se hace el desalojo en dos meses”, manifestó.

Asimismo, adelantó que esta nueva modalidad dinamizará en los próximos meses el sector, pues está construido para aquellas personas que con mucho esfuerzo construyen una vivienda o departamentos para alquilarlos.

El acceso a la información del RAV será público, pudiendo ser utilizada para evaluar la capacidad de ahorro de los arrendatarios por parte del sistema financiero y de la SUNAT, así como el otorgamiento de beneficios en programas de vivienda del Estado.