Aerolíneas deben dar información veraz y oportuna sobre motivos de cancelaciones y retrasos
Entre el 2012 y marzo del 2015, el Indecopi impuso 1,349 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) en multas por casos de retrasos y cancelaciones cuya responsabilidad fue de las empresas aéreas.
Por: Redacción Gestion.pe
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) informó que las empresas de transporte aéreo de pasajeros tienen la obligación de brindar información veraz, clara y oportuna sobre las causas por las cuales se producen los retrasos o cancelaciones del servicio.
Precisamente, tras los recientes hechos ocurridos en diferentes aeropuertos del país, que provocaron los reclamos de los pasajeros por el retraso de sus vuelos, el Indecopi informó que ha iniciado una investigación para conocer con detalle las causas de estos retrasos e iniciar las acciones legales que correspondan.
Asimismo, señala que los proveedores que vulneren los derechos de información del consumidor, o incumplan su deber de brindar un servicio idóneo, reconocidos en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, podrían afrontar procedimientos administrativos ante los órganos resolutivos del Indecopi; de comprobarse una infracción podrían recibir sanciones de hasta 450 UIT (unidades impositivas tributarias).
Afirmó que los usuarios del servicio de transporte aéreo de pasajeros deben tener en cuenta, además, que las empresas son responsables por los retrasos y cancelaciones, salvo cuando los mismos se deban a factores climatológicos, o de infraestructura aeroportuaria, debidamente acreditados, que puedan afectar el vuelo.
Asimismo, instó a las empresas de transporte público de pasajeros de toda clase terrestre, aéreo, lacustre o fluvial, para que refuercen sus protocolos de información al público, con la finalidad de entregar adecuada información en el momento oportuno y trasmitir a los consumidores la tranquilidad del caso, así como una solución adecuada ante la ocurrencia de incidentes que impidan la efectiva prestación del servicio.
Los usuarios del servicio de transporte aéreo que consideren que sus derechos han sido afectados, pueden solicitar el Libro de Reclamaciones de la aerolínea que debe encontrarse a disposición en la zonas previas al embarque o posterior al desembarque, subrayó.
Recordó que la actuación de la autoridad es de permanente monitoreo de dicho sector, siendo que entre los años 2012 y marzo del 2015, el Indecopi sancionó 853 casos de retrasos y cancelaciones, en los que se determinó que los mismos fueron responsabilidad del proveedor. Impuso multas por un total de 1,349 UIT.