NOTICIAS DE mecenazgo deportivo
Compartir:
Mecenas deportivos tendrán deducción de 10% del IR
Este tipo de patrocinadores deportivos podrán considerar como gastos deducibles del IR las donaciones o aportes hasta por el 10% de la renta neta de tercera categoría y hasta el 10% de la renta neta de trabajo, así como la renta de fuente extranjera.