FOTOGALERÍA
Conoce las nuevas reglas y criterios que deben tener los inspectores laborales
FOTOGALERÍA. Tras haber recogido los aportes de los ciudadanos sobre la manera de intervención de los Inspectores del Trabajo durante sus funciones fiscalizadoras, la Sunafil publicó sus “Reglas Generales para el Ejercicio de la Función Inspectiva”, a fin de contar con un instrumento técnico y normativo que establezca los criterios generales para el desarrollo de la etapa inspectiva en los centros de trabajo.
En caso de denuncias, los inspectores deben revisar el contenido de la denuncia y anexos para identificar las materias objeto de verificación y de corresponder, solicitar el refrendo de nuevas materias. Los inspectores actúan de oficio adoptando las medidas del caso, sin perjuicio de solicitar por escrito, dentro de las 24 horas de conocidos los hechos, la expedición del refrendo de las nuevas materias por parte del directivo que emitió la orden de inspección, lo cual deberá realizarse antes de la adopción de la medida inspectiva, de corresponder. Además debe determinar la documentación pertinente a requerir para investigar el cumplimiento de las materias objeto de inspección evitando dilaciones innecesarias, entre otros.