Toma en cuenta estos aspectos tributarios al comprar una casa

La compra de una vivienda es en la mayoría de los casos una inversión familiar importante, y por ello un tema relevante a considerar es su aspecto tributario.

Por: Redacción Gestion.pe

¿Qué debo tomar en cuenta antes de comprar una casa? Siga estos consejos, que proporciona la Asociación de Empresas Inmobiliarias del Perú (Asei) para la compra de una vivienda.

Compra de una casa
En caso de comprar un bien futuro (departamento o casa en planos), no se paga el impuesto de alcabala, pero en caso de comprar un inmueble en reventa sí; y equivale aproximadamente el 3% del valor del inmueble.

Es recomendable corroborar con la Sunat el estado del desarrollador inmobiliario para ver si tiene algún problema por falta de pago de impuestos.

También obtener el Certificado Registral Inmobiliario (CRI) en Sunarp del terreno y verificar que dicho inmueble le pertenece a la empresa que está vendiendo las unidades inmobiliarias y que no tenga gravámenes extraordinarios como embargos.

Una vez que un desarrollador inmobiliario termina la construcción del predio, pasa por una serie de procesos para obtener la conformidad de obra de la municipalidad que le permitirá concretar la independencia de cada unidad inmobiliaria del proyecto.

Al comienzo, el inmueble existe en registros públicos como un terreno, luego de la construcción terminada cada unidad inmobiliaria tiene su propio número de partida registral, por ello, el desarrollador procede a inscribir las compraventas a favor de los compradores y créditos hipotecarios si fuera el caso.

Finalmente, se levantan las hipotecas que recaen sobre cada Partida independizada si el desarrollador se ha financiado con una entidad bancaria para la ejecución del Proyecto. Con el levantamiento de las hipotecas se culmina con el saneamiento legal del edificio, estas son algunas recomendaciones básicas al momento de comprar un edificio.

Caso práctico
Fórmula Alcabala:(Valor Transferencia – 10 UIT) * 3%
Valor Transferencia: S/. 300,000.
Exoneración 10 UIT (3,850 c/UIT): S/. 38,500
Monto = S/. 261,500

Calculo Alcabala
S/. 261,500 × 3% = S/. 7,845

El impuesto se debe pagar al contado, el plazo para hacerlo es hasta el último día hábil del mes siguiente de producida la transferencia.